Reiteración de precedente: Para la legalidad del allanamiento a cargos, donde se obtiene incremento patrimonial, no es es exigible el reintegro
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 29 de octubre de 2025, Rad. 64286, reiteró la línea en sentido que no es exigible para la legalidad del allanamiento a cargos en los delitos en los cuales el sujeto activo hubiese obtenido incremento patrimonial fruto del mismo, de que se reintegre , por lo menos, el cincuenta por ciento del valor equivalente al incremento percibido y se asegure el recaudo del remanente . Al respecto, dijo: Cargo único “La defensa refiere que no puede asimilarse el allanamiento a cargos, con una forma de negociación. Por ende, afirma, no debe ser exigible el reintegro de lo apropiado, para que la judicatura otorgue las rebajas punitivas legales . “Recientemente, la Corte tuvo la oportunidad de estudiar de nuevo y a profundidad la problemática planteada en esta actuación, motivo por el que, dada su pertinencia para el presente pronunciamiento, se traerá a colación, a modo de reiteración, la jurisprudencia vigente sobre el particul...