Conductas relevantes del delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 1º de noviembre de 2023, Rad. 59119, se ocupó del estudio del delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio. Al respecto dijo: “La estructura típica del delito de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio “33. El artículo 454B del Código Penal, señala lo siguiente: ARTÍCULO 454-B. Ocultamiento, Alteración o Destrucción de Elemento Material Probatorio. El que para evitar que se use como medio cognoscitivo durante la investigación, o como medio de prueba en el juicio, oculte, altere o destruya elemento material probatorio de los mencionados en el Código de Procedimiento Penal, incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años y multa de doscientos (200) a cinco mil (5.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. “34. De acuerdo con la descripción típica reseñada, respecto a los elementos objetivos, esta Corporación ha sostenido que la conducta se c