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¿Criminalización del Posconflicto?

La criminalización del "posconflicto" y la protesta social como criminalización de la precariedad, significa trasladar el tratamiento de los conflictos, del ámbito de los escenarios políticos-sociales de concertaciones, hacia los tablados judiciales. En igual sentido, apunta a desarticular por la fuerza de la intimidación penal las acciones colectivas de la protesta social, y traduce otorgar preponderancia a las coerciones punitivas en detrimento de la construcción de consensos a partir de la solución o disolución de conflictos desde lo social, objetivo esencial del Estado Constitucional, social y democrático de derecho. La protesta social (la que no equivale "derechos" a los Vándalos para ejercer el Vandalismo), entendida como el derecho constitucional colectivo al reclamo de derechos que han sido objeto de negación, como ejercicio, para que dejen de ser formales y se traduzcan reales, no es dable elevarla a la categoría de conducta punible, porque eso co...