Entradas

Mostrando entradas de octubre, 2019

Pruebas.- Incorporación en el Juicio de acuerdo a su objeto especifico

  La Sala Penal de la Corte en Sentencia del 5 de junio de 2019, Radicado 54227, se refirió a la incorporación de las pruebas en el juicio de acuerdo con su objeto especifico. Al respecto dijo: “Habida cuenta del carácter problemático que en la práctica ha encerrado el tema de las pruebas y su ingreso en el juicio, en particular, tópicos puntuales relacionados con la evidencia, los medios documentales, la cadena de custodia y la prueba de referencia , la Corte estima necesario, de cara a lo sucedido en el asunto examinado, traer a colación reciente jurisprudencia que desglosa cabalmente cada uno de estos aspectos. “Esto, entonces, se precisó sobre el particular [1] : “Según se indicó en el anterior apartado, la parte corre con la carga de identificar y demostrar los diferentes aspectos que hacen pertinente la evidencia . “Para tales efectos, debe identificar los testigos que tienen conocimiento “personal y directo ” (Art. 402) de cada uno de esos aspectos. “Según

Funciones de la Imputación en el Sistema Acusatorio

La Sala Penal de la Corte en Sentencia del 5 de junio de 2019, Radicado 51007, se refirió a las funciones de la imputación en el sistema acusatorio . Al respecto dijo: Para los fines de la presente decisión, deben resaltarse tres funciones medulares de la imputación en el actual sistema procesal: (i).- garantizar el ejercicio del derecho de defensa , (ii).- sentar las bases para el análisis de la detención preventiva y otras medidas cautelares , y (iii).- delimitar los cargos frente a los que podría propiciarse la emisión anticipada de una sentencia condenatoria, bien porque el imputado se allane a los cargos o celebre un acuerdo con la Fiscalía . “Lo anterior, sin perjuicio de su relevancia para delimitar los términos de prescripción, y de su incidencia para establecer la competencia del juez de conocimiento y delimitar los contornos de los eventuales debates sobre la preclusión, etcétera. “ Según se verá, para el cumplimiento de todas ellas resulta imperios

Otorgamiento de la libertad por parte del Fiscal en eventos de captura en flagrancia

La Sala Penal de la Corte en Sentencia del 23 de enero de 2019, Radicado 50419, se refirió a los eventos en los que el Fiscal se halla facultado para disponer la libertad luego de una captura en flagrancia. Al respecto dijo: (…) debe resaltarse lo siguiente: (i).- la medida de aseguramiento es procedente luego de formulada la imputación; (ii).- la decisión de imputar o no es de competencia exclusiva del fiscal; (iii).- los jueces no ejercen control material sobre el “juicio de imputación” y el “juicio de acusación” (CSJSP, 11 Dic. 2018, Rad. 52311, entre otras) ; (iv).- los jueces pueden imponer medidas de aseguramiento a solicitud del fiscal (Arts. 306 y 308), sin perjuicio de la posibilidad de que las víctimas presenten una petición en ese sentido –C-209 de 2007-; y (v).- la procedencia de la medida de aseguramiento está supeditada a la presentación –por parte del fiscal- de evidencias físicas e información legalmente obtenida que permitan inferir razonab