La versión del informante para que tenga vocación probatoria, éste debe ser convocado al juicio oral como testigo
La Sala Penal de la Corte, en la sentencia del 6 de abril de 2022, Rad. 51750 precisó que la versión del informante para valorarse como prueba, este debe ser convocado a juicio como testigo. Al respecto dijo: “En segundo lugar, de igual manera irregular se aceptó como prueba el formato único de noticia criminal (FPJ-2) y el informe de fuentes no formales y verificación de información (FPJ-26) . Si bien se trata de documentos debidamente descubiertos por la Fiscalía, éstos contienen el dicho de un tercero, de carácter incriminador. Su incorporación, sin la posibilidad de que la defensa tuviese la oportunidad de contrainterrogar, entrañan una evidente vulneración al derecho de defensa y contradicción. Constituyen igualmente prueba de referencia inadmisible en el proceso penal regido por la Ley 906 de 2004, al no haberse agotado el trámite para su admisión excepcional, establecido en los artículos 438 y ss. ibídem . “Ahora bien, aún cuando de conformidad con el últi...