La condena con fundamento en indicios, no afecta la congruencia, cuanto la construcción lógica de aquellos, no se hubiera realizado en la imputación o acusación
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 21 de mayo de 2025, Rad. 58314, precisó que la condena con fundamento en indicios no afecta el principio de congruencia, ante el evento que, la construcción lógica de ese medio de convicción no se hubiera realizado en la imputación o la acusación. Al respecto, dijo: “8.4.2. En cuanto a la resolución del primer problema jurídico planteado, es preciso señalar que la condena con fundamento en prueba indiciaria no afecta el principio de congruencia , incluso a pesar de que la construcción lógica de tal medio demostrativo no se hubiera realizado en la imputación o la acusación . “Al respecto, es preciso recordar que, como lo tiene amplia y pacíficamente decantado la Sala, la congruencia tiene tres facetas distintas: (i) fáctica; (ii) jurídica y (iii) personal. La primera se refiere a la correspondencia entre los hechos que fundan la condena con respecto a aquellos por los que el procesado fue imputado y acusado; (ii)...