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Acción de Revisión: La retractación no es prueba nueva

La Sala Penal de la Corte, en Auto del 2 de diciembre de 2014, identificado con el radicado 43.896, precisó que la retractación de uno o varios testigos de cargo, no constituyen hecho nuevo ni prueba nueva, e imposibilitan la prosperidad de la causal tercera de revisión del articulo 192 de la Leu 906 de 2004. Al respecto, dijo: "La Sala, en pacífica jurisprudencia, ha insistido en los elementos que deben concurrir para la correcta comprensión de la causal tercera: « El hecho nuevo , como lo ha sostenido la Sala de manera reiterada, “…es aquel acaecimiento fáctico vinculado al delito que fue objeto de la investigación procesal, pero que no se conoció en ninguna de las etapas de la actuación judicial de manera que no pudo ser controvertido… "No se trata, pues, de algo que haya ocurrido después de la sentencia, pero ni siquiera con posterioridad al delito que se le imputó al procesado y por el cual se le condenó, sino de suceso ligado al hecho punible materia de l...