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Delito Culposo El incremento del riesgo permitido, depende de la infracción de deberes de cuidado con atención a los conocimientos especiales de la persona en caso concreto

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 25 de Agosto de 2021, Rad. 56190, en cuanto al delito culposo precisó que, previo a establecer si el la persona incrementó el radio de acción del riesgo, es preciso deteterminar si el agente infringió deberes de cuidado. Al respecto: dijo:   “Antes de abordar los reparos expuestos en la impugnación, es del caso señalar que según el artículo 9º de la Ley 599 de 2000, para la imputación jurídica del resultado no basta la causalidad por sí sola .  "En lugar de esta teoría del delito, basada en el concepto causal de la acción, se acude a la imputación objetiva, construida a partir de consideraciones normativas que fundamentan la tipicidad no en elementos ontológicos, como la acción y la causalidad, ni axiológicos, como el dolo, sino en criterios de significación social.       “ En ese sentido, para que el resultado pueda ser atribuido a un agente, exige la teoría en rasgos generales, como primer supuesto, qu...