En el delito de violencia intrafamiliar, de forma excepcional, tiene cabida el concurso real, homogéneo y sucesivo cuando no se advierta la unidad de acción
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 3 de junio de 2026, Rad. 61519, precisó que en el delito de violencia intrafamiliar, en eventos excepcionales, tiene cabida el concurso real homogéneo y sucesivo, cuando no se advierta la unidad de acción. Al respecto, dijo: “13 . Con relación al delito de violencia intrafamiliar previsto en el artículo 229 del Código Penal, la Sala de Casación Penal ha reiterado las siguientes características dogmáticas: “13.1 El maltrato físico o sicológico a cualquier miembro de su núcleo familiar , protege el bien jurídico de la unidad y armonía de la familia. Así, en desarrollo armónico del artículo 42 de la Constitución Política, que erige a la familia en núcleo fundamental de la sociedad e impone al Estado el deber de sancionar toda forma de violencia que conspire contra su integridad, unidad, solidaridad y afecte el proyecto de vida común cuando éste existe [1] . “13.2 La violencia intrafamiliar es un delito ...