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Fines básicos del Habeas Corpus

La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia del 24 de septiembre de 2018, radicado 53785, se refirió a los fines básicos de la acción de Habeas Corpus. Al respecto dijo: “ En virtud a las previsiones de los preceptos 30 Superior y 1º de la aludida ley, dos son los fines básicos de la referida acción tuitiva (a su vez derecho fundamental) . Así, procede dicha protección frente a la privación de la libertad de la persona, cuando: (i).- ocurre con violación de las garantías constitucionales o legales y (ii).- siendo legítima, se prolonga con vulneración de las disposiciones que la regulan. “ La Corte en reiterados pronunciamientos (entre muchos otros, CSJ AHP, 26 jun. 2008, rad. 30066 y AHP, 21 jul. 2009, rad. 32260 ) ha indicado que, si bien el habeas corpus no necesariamente es residual y subsidiario, cuando existe un proceso judicial en trámite no puede ser utilizado para las siguientes finalidades: (i).- sustituir los procedimientos judiciales comunes...