Pruebas de Refutación. Contenidos y Alcances
La Sala Penal de la Corte, en Auto del 20 de agosto de 2014, identificado con el radicado 43749, realizó un estudio dogmático acerca de las denominadas pruebas de refutación. Al respecto, dijo: Marco normativo . En el régimen de la Ley 906 de 2004 la referencia a las «pruebas de refutación» se encuentra en el artículo 362, de la siguiente forma: “El juez decidirá el orden en que debe presentarse la prueba. En todo caso, la prueba de la Fiscalía tendrá lugar antes que la de la defensa, sin perjuicio de la presentación de las respectivas pruebas de refutación en cuyo caso serán primero las ofrecidas por la defensa y luego las de la Fiscalía. (Subrayado fuera de texto) " Expresión de una garantía constitucional y un derecho fundamental. La refutación expresa en la justicia penal la materialización de los derechos al debido proceso, defensa y contradicción. " Las partes y los intervinientes pueden ejecutar actos de contradicción a través de la crítica probato...