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Nulidad de la imputación por ausencia de delimitación temporal de los hechos. Los hechos imputados como delito no pueden ser abstractos ni indeterminados sino concretos y determinados en el tiempo

  La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, Magistrado Ponente. Dr. Carlos Héctor Tamayo Medina , en auto del 13 de junio de 2024, Rad.   11001600001720170870201, decretó nulidad a partir de la formulación de imputación, por ausencia de delimitación temporal de los hechos, toda vez que los hechos imputados como delito no pueden ser abstractos ni indeterminados, sino concretos y determinados en el tiempo, entre otras determinabilidades. Al respecto dijo:     “De conformidad con lo dispuesto en el art. 457 de la Ley 906 de 2004, son causales de nulidad la violación del derecho de defensa o del debido proceso en aspectos sustanciales.   “Por otro lado, es preciso señalar que, en la medida en que la imputación y la acusación exigen, entre otros requisitos, una relación clara de los hechos jurídicamente relevantes (artículos 288-2 y 337-2 de la Ley 906 de 2004), presupuesto indiscutiblemente básico para ejercer adecuadamente el derecho de defensa [1] , ...