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De la Certeza y la Íntima Convicción

Una aproximación al tema, debe partir de identificar cuáles son los contenidos que se contraen en esas categorías cognoscitivas, toda vez que entre ellas existen diferencias, las cuales es necesario precisar, pero no para la simple aprehensión teórica, sino para reflexionar, cuál de ellas es la que se debe adoptar como criterio para dictar sentencia condenatoria desde una perspectiva respetuosa del Estado constitucional social y democrático de Derecho. a.- De la certeza.- La certeza es un estado de conocimiento subjetivo –objetivo, en donde la realidad material es aprehendida por la mente del juzgador, como una totalidad concreto relativa en carácter de síntesis. Es un estadio en el cual no tienen cabida vacíos probatorios, dudas, ni insuficiencias probatorias. Cuando se habla que la certeza está referida a una totalidad concreto singular relativa, se significa que no es sinónimo de verdad absoluta, pues en ningún área de saber o disciplina, ni en las rigurosamente cien...