Variación de adecuación típica formulada por Fiscalía
La Sala Penal de la Corte, mediante Auto del 29 de agosto de 2012, radicado 39.110, precisó que el Juez de garantías está facultado para variar la adecuación típica formulada como imputación jurídica por la Fiscalía en la audiencia de formulación de imputación, siempre y cuando no se desconozca la fijación fáctica. Al respecto dijo: "1. El tema en discusión estriba en que respecto del denominado "hecho 3" que se hizo consistir en el secuestro de A.E., las torturas a que fue sometido y su posterior muerte, para la Fiscalía se estructuran los delitos de secuestro simple, tortura en persona protegida y homicidio en persona protegida, en tanto que para el Magistrado de control de garantías se adecuan al homicidio (tema en el que no hay discusión) y al secuestro simple agravado por la tortura, esto es, que la última no se ubica como un delito autónomo sino que se subsume como un agravante del secuestro". "2. Lo primero que debe cuestionarse es si al ...