Cuando la conducta se haya cometido contra menores de edad, no impide conceder la detención o prisión domiciliaria en casos de enfermedad muy grave y embarazo
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 23 de agosto de 2023, Rad. 56193, precisó que la prohibición de beneficios cuando la conducta se haya cometido en contra de menores de edad, no impide conceder la detención o prisión domiciliaria en casos de enfermedad muy grave y embarazo. Al respecto dijo: 1.1. El artículo 68 del CP y las prohibiciones consagradas en el artículo 199 de la Ley 1098 de 2006. “En el presente asunto, el Tribunal de San Gil, además de aclarar la mala interpretación que el A Quo hizo de la sentencia C-163 de 2019, terminó sosteniendo que “ Gil Rodríguez Arciniegas no tiene derecho a gozar de ningún beneficio ni mecanismo sustitutivo por expresa prohibición del artículo 199 de la Ley 1098 de 2006 ”; por lo que también, en este evento, podría pensarse que el argumento utilizado por la segunda instancia no contradice el ordenamiento jurídico, al limitarse a la aplicación de una norma de carácter especial....