El precedente es vinculante en todos los casos
La Sala Penal de la Corte en Auto del 20 de abril de 2016, identificado con el radicado 44.207, reiteró la línea jurisprudencial en sentido que el precedente es vinculante en todos los casos, así no se haya emitido en sentencia de casación, y como vinculante se articula al postulado de Imperio de la Ley: Al respecto dijo: (…) "No sobra aclarar que las decisiones de la Corporación dictadas al desatar las impugnaciones propuestas dentro del trámite transicional, en términos del artículo 230 Superior, constituyen criterio auxiliar de interpretación al servicio de los funcionarios judiciales , como lo señaló la Corte Constitucional en sentencia C-816 de 2011 : "En síntesis: (i) la jurisprudencia, por definición constitucional, es “criterio auxiliar” de interpretación de la actividad judicial -CP, artículo 230.2-, y de este modo los jueces en sus providencias “sólo están sometidos al imperio de la ley” -CP, artículo 230.1-; (ii) sin embargo, las decisiones de la C...