Deficiencia en la comunicación fáctica en la conducta de determinador y, en la inferencia razonable de la conducta de determinador
La Sala Penal de Corte, en sentencia de impugnación especial del 1o de junio de 2022, Rad. 60571, se refirió a las deficiencias de comunicación fáctica de la conducta de determinador y deficiencias en la inferencia razonable respecto de la conducta de determinador. Al respecto dijo: “Ahora, ha señalado la Sala [1] que adquiere la calidad de determinador quien: (i). Acudiendo a medios de relación intersubjetiva idóneos y eficaces, tales como ofrecimiento, promesa remuneratoria, acuerdo, consejo, amenazas, violencia, autoridad de ascendiente, convenio, asociación, coacción superable, orden no vinculante, etc., hace nacer en otro la decisión de llevar a cabo un hecho delictivo, en cuya ejecución posee algún interés; (ii) El determinado (autor material) debe conseguir la consumación del comportamiento o, por lo menos, su tentativa; (iii) Debe existir nexo entre la acción del determinador y el hecho principal; (iv) El determinado...