Valorar vida íntima de la Victima entraña Revictimización
La Corte Suprema, Sala Penal, en Sentencia del 6 de mayo de 2015, identificada con el radicado 43.880, reiteró la línea jurisprudencial en sentido que pretender valorar la vida íntima de la víctima entraña una forma de revictimización, y en esa medida, intentar ejercicios probatorios de esa índole, transforma las pruebas solicitadas o recaudadas en inadmisibles, frente a las cuales tanto la Carta como el legislador ordenan su exclusión. Al respecto dijo: “Esta Colegiatura tiene dicho (CSJ. SP, sep. 23 de 2009, rad. 23508), siguiendo a la Corte Constitucional y al desarrollo orbital que han tenido los derechos de las víctimas de este tipo de delitos, plasmado en algunos instrumentos normativos supranacionales ratificados por el Estado colombiano, que evaluar esos aspectos para determinar la responsabilidad penal del agresor atenta contra sus derechos fundamentales al debido proceso, intimidad y dignidad, esto último en cuanto entraña una forma de revictimización. Sobre el par...