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Mostrando entradas de marzo, 2023

Utilidad y pertinencia de la interceptación de comunicaciones y, cargas probatorias que sobre ellas corresponde a la Fiscalía

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 1º de diciembre de 2021, Rad. 54495, reiteró lo atinente a la utilidad y pertinencia de la interceptación de comunicaciones y la cargas probatorias que sobre ellas corresponde a la Fiscalia. Al respecto, dijo: “Sobre el particular, en la decisión CSJSP4264, 22 sep 2021, Rad. 55027, se dejó sentado que “Al tenor de lo dispuesto en el artículo 235 de la Ley 906 de 2004, la interceptación de comunicaciones es un acto de investigación dirigido a “buscar elementos materiales probatorios, evidencia física, búsqueda o ubicación de imputados, indiciados o condenados”.   “Los datos obtenidos pueden ser utilizados de formas diversas, entre ellas: (i). como prueba en el juicio oral; y (ii). para disponer otros actos de investigación, que permitan hallar evidencias físicas u otra información con vocación de prueba . “Sin perjuicio de los requisitos constitucionales y legales de este acto de investigación, dada su innegable injerencia en

Posición de garante en la actividad médica

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 27 de abril de 2022, Rad. 52728, se ocupó de la posición de garante en la actividad médica. Al respecto, dijo:   “La Sala de Casación Penal, ha desarrollado el tema de la posición de garante , en asuntos donde se atribuyen conductas punibles cometidas en el ejercicio de la profesión médica.   “En torno a dicho tópico, ha venido sosteniendo que se podría generar la posición de garante y recaer en el ámbito de la imputación objetiva, cuando se den las condiciones para ello; esto es: infracción del deber objetivo de cuidado, generación de riesgos desaprobados o incremento del riesgo permitido y concreción de este proceder defectuoso en lesiones o desmejora en la salud .   “Ciertamente, cuando el profesional de la medicina asume voluntariamente « la protección real de una persona o de una fuente de riesgo, dentro del propio ámbito de dominio» (artículo 25, numeral 1º, del C. Penal) , se activa para él la posición de garante respec

Conducta de determinador. Marco conceptual

El determinador. De acuerdo con el art. 30 de la Ley 599   de 2000: “ quien determine a otro a realizar la conducta antijurídica incurrirá en la pena prevista para la infracción ”.   El inductor o determinador ( Barja de Quiroga) [1]  es la persona que, por cualquier medio, incide en la voluntad de otro y hace surgir en el autor inducido o determinado la decisión de realizar la conducta ilícita.   Los aspectos que identifican el comportamiento del inductor o determinador están dados en que se constituye en la persona quien, de manera dolosa, crea, infunde, provoca, genera o suscita en la persona inducida, tanto la ideación como la concreción de la voluntad ilícita ( Zaffaroni) [2] . Las conductas de inducción o determinación, según reiterada jurisprudencia, se pueden dar por la vía del mandato, ¿ el convenio ? la orden, el consejo, la coacción superable, o la promesa remuneratoria.   Conforme a postulados de la teoría del delito, mediante los cuales se entiende que los actos de ideació