Conductas constitutivas del error de tipo invencible, vencible y consecuencias diferenciadas
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 20 de febrero de 2019, Rad. 50077, se refirió a la ausencia de dolo, atipicidad subjetiva o error de tipo. Al respecto dijo: “Señala el artículo 22 del Código Penal que la conducta es dolosa cuando el agente conoce los hechos constitutivos de la infracción penal y quiere su realización. “A partir de ese precepto, la jurisprudencia pacífica de la Sala ha dicho que el dolo se integra de dos elementos : uno intelectual o cognitivo , que exige tener conocimiento o conciencia de los elementos objetivos del tipo penal respectivo. Y otro volitivo, que implica querer realizarlos (CSJ SP, 25 ago. 2010, rad. 32964, entre otras) . “De otro lado, indica el numeral 10º del artículo 32 del Código Penal que no habrá responsabilidad penal cuando se obre con error invencible “de que no concurre en su conducta un hecho constitutivo de la descripción típica o de que concurren los presupuestos objetivos de una causal que e...