Hechos Jurídicamente Relevantes.- Construcción y marco temático básico
La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia del 11 de noviembre de 2020, Rad. 49926 se refirió a la forma cómo se construyen los hechos jurídicamente relevantes. Al respecto, dijo. “La Sala ha señalado de manera reiterada que para la construcción de los hechos jurídicamente relevantes es imprescindible que: (i).- se interprete de manera correcta la norma penal, lo que se traduce en la determinación de los presupuestos fácticos previstos por el legislador para la procedencia de una determinada consecuencia jurídica ; (ii).- el fiscal verifique que la hipótesis de la imputación o la acusación abarque todos los aspectos previstos en el respectivo precepto ; y (iii).- se establezca la diferencia entre hechos jurídicamente relevantes, hechos indicadores y medios de prueba, bajo el entendido que la imputación y la acusación concierne a los primeros , sin perjuicio de la obligación de relacionar las evidencias y demás información...