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Acerca del proceso de autenticación de la evidencia digital

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 12 de febrero de 2025 Rad. 58275, se refirió al proceso de autenticación de la evidencia digital. Al respecto dijo:   “Ahora bien, una problemática bien conocida de las evidencias digitales es la facilidad con la que pueden ser manipuladas, alteradas, refundidas o suprimidas, incluso, la no infrecuente condición de anónimas, cuando no es posible vincularlas a un origen identificable, motivo por el cual son necesarias mayores garantías para otorgarle validez jurídica.   “Por supuesto, al igual que las demás evidencias, en el procedimiento de recolección, preservación, cadena de custodia, así como en la aducción como prueba y su práctica en juicio, es menester respetar el principio de legalidad , con la observancia de los derechos fundamentales de quienes pueden estar relacionados con la evidencia digital, las garantías de los sujetos procesales y el debido proceso probatorio, pues, de lo contrario, esta será tenida como...