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Mostrando entradas de junio, 2022

Concepto de imputación fáctica en la Ley 600 de 2000.- Eventos de ausencia de congruencia y, de incongruencia

  La Sala Penal de la Corte, en Sentencia del 24 de octubre de 2012, Rad. 33714, se ocupó de precisar el concepto de imputación fáctica, los eventos de ausencia de congruencia y de incongruencia .  Al respecto, dijo:   Con razón la Corte , sobre la imputación que en sus distintas dimensiones debe contener la convocatoria a juicio, ha expresado:   “ Ahora, es oportuno puntualizar que la imputación fáctica alude al conjunto de circunstancias de tiempo, modo y lugar, así como a situaciones de cantidad, cualidad, cuantía, móviles y causas, bajo las cuales se produjeron los hechos que serán sometidos a juzgamiento , las cuales deben estar suficientemente determinadas en la acusación, con el propósito de asegurar su plena comprensión a los sujetos procesales y, en particular, de la defensa técnica y material , a fin de garantizar la posibilidad de su controversia en desarrollo de la fase del juicio.   “ De otra parte, la imputación jurídica se refiere al catálogo de normas que c

Reclusión domiciliaria y hospitalaria por enfermedad muy grave.- Requisitos

  La Sala Penal de la Corte en auto del 18 de mayo de 2022 Rad. 61417 se refirió a los requisitos para acceder a la reclusión domiciliaria y hospitalaria por enfermedad muy grave . Al respecto, dijo:   “El derecho a la libertad consagrado en el artículo 28 de la Constitución Política y su régimen de excepcional limitación, regulado por los artículos 297 y siguientes de la ley 906 de 2004, determina que toda privación de aquella debe ser necesaria, adecuada, proporcional y razonable frente a los contenidos constitucionales, entre los que se erige la dignidad humana como principio rector del Estado y presupuesto del ejercicio de los restantes derechos de naturaleza fundamental.   “En consonancia con lo anterior, atendiendo la prohibición de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes de que trata el artículo 12 Superior, el artículo 68 del Código Penal establece la “Reclusión domiciliaria u hospitalaria por enfermedad muy grave” , así:   “ ART.68. Reclusión domiciliaria y hospitalari

Fraude a Resolución Judicial.- Componentes

  La Sala Penal de la Corte en sentencias del 19 de diciembre de 2019 Rad. 56389 y 12 de agosto de 2020, rad. 54150 refirió a los componentes del delito de fraude a resolución judicial . Al respecto, en la primera entre otros aspectos dijo:   Fraude a resolución judicial:   Artículo 454. Fraude a resolución judicial o administrativa de Policía. <Artículo modificado por el artículo 47 de la Ley 1453 de 2011. El nuevo texto es el siguiente:> El que por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes.   “Frente a esta falta, l a Sala ha destacado, que el propósito en erigir dicha conducta como delictiva es hacer efectivas las decisiones judiciales, en el sentido de castigar al infractor por el desconocimiento de la autoridad intrínseca que de ellas dimana, materializándose de esa ma

De la ausencia de hechos jurídicamente relevantes acerca de los presupuestos fácticos del delito de estafa

  La Sala Penal de la Corte en sentencia del 10 de marzo de 2021 Rad. 54658, se refirió a la ausencia de hechos jurídicamente relevantes acerca del delito de estafa . Al respecto, entre otros aspectos dijo:   Sobre la correcta delimitación de los hechos jurídicamente relevantes   “La Sala de manera reiterada, ha señalado que para la construcción de los hechos jurídicamente relevantes es imprescindible que:   (i). se interprete de manera correcta la norma penal, lo que se traduce en la determinación de los presupuestos fácticos previstos por el legislador para la procedencia de una determinada consecuencia jurídica; (ii). el fiscal verifique que la hipótesis de la imputación o la acusación abarque todos los aspectos previstos en el respectivo precepto ; y (iii). se establezca la diferencia entre hechos jurídicamente relevantes, hechos indicadores y medios de prueba, bajo el entendido que la imputación y la acusación concierne a los primeros, sin perjuicio de la obliga

Prevalece la Absolución sobre la Nulidad: Ante ausencia de prueba para condenar vs. Acusación viciada por ausencia de concreción de hechos jurídicamentes

  La Sala Penal de la Corte en sentencia del 2 de junio de 2021, Rad. 54660, precisó que ante una acusación viciada por haber transcrito entrevistas y dictámentes en lugar de concretar los hechos jurídicamente relevantes y, ante la ausencia de prueba para condenar, se debe privilegiar la absolución sobre la nulidad . Al respecto, entre otros aspectos dijo:   “ La Fiscalía incurrió en errores notorios al estructurar la acusación , entre otras cosas porque:   (i). trascribió el contenido de entrevistas y dictámenes, en lugar de concretar los hechos jurídicamente relevantes ;   (ii). de ese modo, trajo a colación aspectos que finalmente no fueron incluidos en la acusación , como la violencia que supuestamente ejerció el procesado sobre la víctima y unos abusos ocurridos cuando L.L. era menor de 14 años;   (iii). con esa forma de actuar, se refirió a un dictamen que nunca fue incorporado en el juicio oral, pero que parece haber incidido en la decisión judicial, según se ver