Entradas

Mostrando entradas de marzo, 2016

Semana Santa en Popayán durante todo el año

La Semana Santa en Popayán, la nuestra, porque #TodosSomosPopayán, constituye atractivo turístico, cita con la espiritualidad, y cada año se transforma en espacio donde acompañados de la luz claro-oscura de velones, payaneses, turistas regionales, nacionales, extranjeros, nos convocamos en silencio duradero a lo largo del centro histórico, unos a encontrarse con la memoria, otros a curiosear, otros a revivir con devoción la pasión, muerte y resurrección de Jesucristo. Cada año, dos o tres meses antes a la celebración de nuestra Semana Santa, ciudadanos y autoridades locales se empeñan en poner bonita la ciudad, y el lucimiento se concentra en blanqueamiento de fachadas de casonas, edificios públicos, en limpieza de plazoletas, parcheo, re-parcheo de huecos, calles alrededor del centro histórico y sectores aledaños, pero culminada la Semana Mayor y Semana Santa Chiquita, todo regresa al día día, al vaya y venga. Cómo sería de útil, que la pasión, muerte y resurrección

¿Qué se logra con huir de la justicia o injusticia?

¿Acaso queda algo fructífero al eludir a la verdad material y jurídica?  Partiendo de reconocer que cada quien hace uso de su libre  albedrío , y opta por asumir con dignidad sus compromisos ante la justicia, o alzar las velas hacia el océano de la huida o el exilio forzado, se torna dable considerar que: El exilio forzado, es el camino menos indicado para afrontar el debido o indebido proceso, incluidas sus tortuosidades. Los particulares y servidores públicos, deben aprehender que les corresponde responder por sus acciones, omisiones, y que ante el evento de hallarse en situaciones de cargas, brumas o persecuciones que los comprometen con el derecho disciplinario o código penal, lo menos que deben concebir, es el camino de dar la espalda y partir hacia rumbos desconocidos. ¿Qué tanto se logra con huir de la justicia o la injusticia? Renunciando a la defensa material. ¿Acaso queda algo fructífero? Quizás, de esa huida no resulta nada provechoso, y tan sólo se de

Feliz día de la Mujer

Felices días Mujeres de nuestra Colombia y universos... Felices días para ti con nombre, sin nombre, apellido, sin apellido… Feliz día y mañana en el nuevo día… Felices días para tu vientre cargado de ilusiones, enfrentada al mundo con sólo tu sonrisa, sin importar flagelos que te esperan a la vuelta de la esquina… Felices días para ti que iluminas el sendero de tus hijos, esposo y compañero… Dichosos días en la construcción de hogar, familia, ciudadanía, que en vuestros ojos jamás se apague el ahora ni el ahora imaginado del mañana… Felices días para mis Maestras Feliz día para las Profesoras en las escuelas de la vida Dichosos días para mis compañeras Alumnas allá en nuestro Claustro de Santo Domingo, y allá salones de clase de días universitarios que llevo grabados en la memoria… Felices días para mi madre, para mi negrita Ruby Stella, Felices allá en el cielo, días multiplicados por universos para mi negrura amocha Isabella del alma, y felices dí

Delito de Soborno

La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 2 de septiembre de 2002, identificada con el radicado 17703, se refirió a los aspectos que configuran el delito de Soborno. Al respecto, dijo: “El artículo 174 del Código Penal anterior definía el delito de soborno como “el que entregue o prometa dinero u otra utilidad a un testigo para que falte a la verdad o la calle total o parcialmente en su testimonio, incurrirá en prisión de uno (1) a cinco (5) años”. Hipótesis (...) que fue reproducida integralmente en el artículo 444 del nuevo Código Penal (con prisión de seis (6) a doce (12) años) (...) “Realizando el estudio dogmático del tipo tenemos que  el sujeto activo del comportamiento es indeterminado , o sea, puede ser cualquier persona que tenga o no interés en la actuación judicial o administrativa dentro de la cual ha de declarar el testigo, incluso puede ser el imputado. “La conducta encierra la entrega o promesa de dinero o cualquiera otra utilidad a un testigo par

Presunción de Inocencia

La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 8 de septiembre de 2015, identificada con el radicado 39419, se ocupó de la presunción de inocencia. Al respecto dijo: “En el que ocupa la atención de la Corte interesa atender con prioridad el principio rector de presunción de inocencia, previsto en el artículo 29 Superior y desarrollado por el 7º de la Ley 906 de 2004 [1] , de la siguiente manera: “Toda persona se presume inocente y debe ser tratada como tal, mientras no quede en firme decisión judicial definitiva sobre su responsabilidad penal. "En consecuencia, corresponderá al órgano de persecución penal la carga de la prueba acerca de la responsabilidad penal. La duda que se presente se resolverá a favor del procesado. En ningún caso podrá invertirse esta carga probatoria.” " Por definición, la presunción aludida tiene vigencia durante toda la actuación, hasta tanto quede en firme la decisión definitiva , adoptada dentro de un proceso con todas las garantías

¿Qué es el Derecho penal garantista?

El Derecho penal garantista, más allá de la teoría del delito, de tratados, tradadistas y líneas de jurisprudencia, constituye misión, pasión y vocación, deleite sin pausa, escritura sin prisa, sin pausa, planteos del caso acusatorios, defensivos, calvario, a veces, muerte súbita y, resurrección a su debido tiempo... El Derecho penal es un dragón indolente que destroza el alma del caminante señalado como infractor y, cuando el alma sufre, el cuerpo pide ayuda. Cuando muerde lacerante, corresponde caminar la palabra, como en el ajedrez, pensando antes de mover las fichas probatorias y argumentales y pensando en las posibles o probables consecuencias sustanciales, mirando en modo holístico hacia atrás, hacia adelante, sin vaselina, sin anestesia, en medio de las brasas o huracanes, para que lo sustancial penal fluya como fluye el agua en el río en sus remansos  y torbellinos… Al Derecho penal y su ejercicio de defensa, a veces, lo intoxican los preconceptos, las disposiciones afectiva