Principio de Non Bis In Idem y excepciones
La Sala Penal de la Corte en Sentencia del 18 de marzo de 2015, identificada con el radicado 36.826, realizó un estudio sustancial del principio-derecho fundamental del Non Bis In Idem y sus excepciones y restricciones. Al respecto dijo: (…) “La Corte Constitucional ha concebido a la res iudicata como un efecto jurídico de la sentencia, en virtud del cual esta adquiere carácter inmutable, definitivo, vinculante y coercitivo, que genera como consecuencia la imposibilidad de plantear nuevo litigio o pronunciamiento sobre aquellos asuntos ya tratados y decididos (CC C-622 de 2007). “La cosa juzgada no cumple función distinta, entonces, a la de extinguir el derecho al eventual ejercicio de la acción judicial respecto a idénticos hechos y pretensiones. “Es aquí donde aparece, como efecto protector consustancial de dicho fenómeno, el principio non bis in idem, según el cual, no puede juzgarse dos veces igual causa, esto es, no es viable investigar, enjuiciar o castigar a una p...