Ruta que se debe seguir, cuando se invoca vicios de nulidad por deficiencia en la comunicación de hechos jurídicamente relevantes en la imputación, en la audiencia de acusación
La Sala Penal de la Corte, en auto del 11 de febrero de 2026 AP 753-2026, Rad. 71602, reiteró y fijó de forma metodológica la ruta que se debe seguir cuando se trata de argumentar vicios de nulidad por ausencia de precisión y claridad en los hechos jurídicamente relevantes en la formulación de imputación. Al respecto, dijo: 32. El inciso 1° del artículo 339 del Código de procedimiento Penal (trámite de la audiencia de formulación de acusación) establece: «Abierta por el juez la audiencia, ordenará el traslado del escrito de acusación a las demás partes; concederá la palabra a la fiscalía, Ministerio Público y defensa para que se expresen sobre las causales de incompetencia, impedimentos, recusaciones, nulidades si las hubiere, y las observaciones sobre el escrito de acusación, si no reúne los requisitos establecidos en el 337, para que el fiscal lo aclare, adicione o corrija de inmediato». “33. La disposición transcrita no debe ser interpretada de...