Diferencias entre el motivo abyecto y fútil como agravantes del delito de homicidio y, entre coautor y determinador
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 4 de febrero de 2026, Rad. 62821, precisó las diferencias entre el motivo abyecto y fútil como agravantes del delito de homicidio, y las diferencias entre el coautor y el determinador. Al respecto, dijo: 6.3. La estructura típica del delito de homicidio y su agravación conforme al numeral 4 del artículo 104 del Código Penal 31). El delito de homicidio se encuentra consagrado en el artículo 103 de la Ley 599 de 2000 así: El que matare a otro, incurrirá en prisión de doscientos ocho (208) a cuatrocientos cincuenta (450) meses. 32). De acuerdo con dicha descripción normativa se trata de una conducta punible de sujeto activo indeterminado, de lesión y de resultado. En consecuencia, puede ser cometida por cualquier persona y se perfecciona con la muerte de la víctima. Además, se trata de un tipo penal de ejecución dolosa. 33). Por su parte, el ordinal 4° del...