Conductas jurídicamente relevantes que configuran el delito de interés indebido en la celebración de contratos
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 10 de junio de 2026, Rad. 68520, precisó la naturaleza y alcance del delito de interés indebido en la celebración de contratos, Al respecto dijo: a. El delito de interés indebido en la celebración de contratos “130. Se encuentra tipificado en el artículo 409 de la Ley 599 de 2000, en los siguientes términos: «El servidor público que se interese en provecho propio o de un tercero, en cualquier clase de contrato u operación en que deba intervenir por razón de su cargo o de sus funciones, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses, multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a trescientos (300) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de ochenta (80) a doscientos dieciséis (216) meses.» “131. De esta descripción normativa se desprenden como elementos estructurales del tipo pe...