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Exigencias para la configuración del injusto de prevaricato por omisión, en los casos en los cuales el funcionario judicial omite declararse impedido

  La Sala Penal de la Corte, en auto del 4 de diciembre de 2019, Rad. 53445, precisó las exigencias para la configuración del injusto de prevaricato por omisión, en los casos en los cuales el funcionario judicial omite declararse impedido .  Al respecto dijo: “El delito de prevaricato por omisión   El artículo 414 del Código Penal, que lo describe, dice textualmente: «Prevaricato por omisión. El servidor público que omita, retarde, rehúse o deniegue un acto propio de sus funciones, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses, multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses»   “La jurisprudencia de esta Sala tiene dicho que el presupuesto objetivo del prevaricato por omisión se encuentra constituido por tres elementos: (i) un sujeto activo calificado -servidor público-; (ii) que omi...

Cuando se imputa el delito de abuso de confianza se debe verificar si la cosa mueble le fue entregada o confiada al implicado por un título no traslativo de dominio

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 13 de agosto de 2025, Rad. 61402, se ocupó de precisar la conducta relevante que caracteriza al injusto de abuso de confianza .   Al respecto dijo:   “13. La conducta de abuso de confianza tipificada en el título sobre los delitos contra el patrimonio económico de la Ley 599 de 2000, artículo 235, se configura cuando el sujeto agente “(...) se apropie en provecho suyo o de un tercero, de cosa mueble ajena, que se le haya confiado o entregado por un título no traslativo de dominio (...) ”, por tanto, conlleva características especiales que lo distinguen de otras conductas lesivas de la propiedad.   “De acuerdo con la descripción legal del abuso de confianza , constituyen elementos del tipo objetivo , un sujeto activo común, no especial ni cualificado; un sujeto pasivo de la infracción; el bien jurídico patrimonial; la conducta, consiste en la apropiación; y, como ingrediente normativo, la expresión “título n...

De la censura de indicios en casación penal con miras a la construcción de una hipótesis alternativa de defensa, que genere la construcción y aplicación del in dubio pro reo

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 21 de enero de 2026, Rad. 61623, se ocupó de reiterar las rutas de la censura de indicios en casación penal,   incluyendo la posibilidad de estructurar, hipótesis alternativas a la de la acusación, verdaderamente plausibles y que, por tanto, puedan generar duda razonable, entre otros .   Al respecto dijo:   “Pues bien, la Corte ha sostenido que cuando una decisión se cimenta en la existencia de múltiples hechos indicadores que son convergentes y concordantes en una conclusión determinada, el censor debe ocuparse de unas cargas específicas, las cuales son desconocidas en esta oportunidad (CSJ SP1467-2016 Rad. 37175):   “En muchos casos, la fuerza argumentativa emanada de las máximas de la experiencia puede suplirse por la convergencia y concordancia de los datos, al punto que de esa forma puede alcanzarse el estándar de conocimiento consagrado en el ordenamiento procesal penal para emitir un fallo condenatorio: c...

La tipicidad del homicidio culposo no depende únicamente de la infracción de un deber objetivo de cuidado, además, es necesario que el resultado sea consecuencia previsible y evitable de la infracción al deber

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 7 de mayo de 2025, Rad. 59892, se ocupó de precisar que, la tipicidad del homicidio culposo, desde el punto de vista subjetivo, no depende únicamente de la infracción de un deber objetivo de cuidado.  Es necesario, además, que el resultado sea consecuencia previsible y evitable de la infracción al deber; Al respecto dijo:   5.3. Delito de homicidio culposo   Se encuentra consagrado en el artículo 109 del Código Penal, con la siguiente descripción:   Artículo 109. Homicidio culposo. El que por culpa matare a otro, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108)   meses y multa de veinte y seis puntos sesenta y seis (26.66) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes.   Cuando la conducta culposa sea cometida utilizando medios motorizados o arma de fuego, se impondrá igualmente la privación del derecho a conducir vehículos automotores y motocicletas y la...

De la diferencia entre la inexistencia del hecho investigado y la atipicidad de la conducta como causales de preclusión

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 5 de febrero de 2025, Rad. 66849, se ocupó de precisar las diferencias entre atipicidad de la conducta e inexistencia del hecho. Al respecto dijo:   5.4 De la diferencia entre la inexistencia del hecho investigado y la atipicidad de la conducta   “En virtud a la determinación adoptada por el Tribunal, para la Corte resulta imperioso memorar el marco jurídico conceptual que la jurisprudencia ha explicado en punto de la diferencia entre la inexistencia del hecho investigado y la atipicidad de la conducta , tópicos que inexactamente se entremezclan en la decisión impugnada. Para el efecto –se anticipa–, aunque la Sala recordará precedentes frente a la preclusión de la investigación en sede de la Ley 906 de 2004, los mismos no dejan de ser aplicables al caso concreto, habida cuenta la naturaleza de las causales en mención.   “Insístase en que el artículo 458 de la Ley 522 de 1999 dispone que: «el funcionario se ...

Trátandose de un juicio por violencia intrafamiliar, corresponde al juez, verificar si la violencia física o el maltrato tienen entidad suficiente para lesionar el bien jurídico de la unidad familiar

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 10 de diciembre de 2025, Rad. 65216, se ocupó de precisar que tratándose de un juicio por el injusto de violencia intrafamiliar, corresponde al juez en cada caso constatar si la violencia física o el maltrato psicológico tienen suficiente entidad para lesionar de manera efectiva el bien jurídico de la unidad familiar (antijuridicidad material) . Al respecto dijo:   6.3.- Del delito de violencia intrafamiliar   “La Sala a través de su jurisprudencia (CSJ SP16544–2014, rad. 41315; CSJ SP9111–2016, rad. 46454; CSJ SP010-2023, rad 58524; CSJ SP147-2025, rad. 58230 y CSJ SP489-2025, rad 62873) ha establecido como principales características de la violencia intrafamiliar las siguientes:   (i) El bien jurídico protegido es la unidad familiar.   (ii) Los sujetos activo y pasivo son calificados, en cuanto, uno y otro deben o debieron ser miembros de un mismo núcleo familiar, entendiendo este concepto en su s...

Características de la denominada Tentativa desistida

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 22 de septiembre de 2017, Rad. 46751, se ocupó de las características de la denominada tentativa desistida. Al respecto dijo:   “La llamada tentativa desistida exige que contrario a las dos hipótesis que plantea el Código Penal como fundamento de la punición en las que se indica que la falta de consumación se da por circunstancias ajenas al agente ejecutor, en aquella modalidad es determinante que éste abandone definitivamente la idea criminosa sin la influencia de factores externos, es decir, su simple voluntad es la que impide el agotamiento de la conducta .   En esa medida, escapan de esta figura conductas tentadas en las que el abandono de la empresa delictiva no es definitivo, sino que se posterga, o situaciones en las que el desistimiento no es del todo voluntario, sino que es determinado por circunstancias externas, como por ejemplo la inminencia de ser descubierto , en fin toda una serie de posibilidades que c...