La sola presencia en el vehiculo donde fue encontrada el arma, no constituye indicio de responsabilidad de coautoría en el delito de transporte de armas
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 11 de septiembre de 2024, Rad. 60273, precisó que la sola presencia en el vehículo donde fue encontrada el arma— no constituye indicio de responsabilidad de coautoría en el delito de transporte de armas del art. 365 ). Al respecto, dijo : 39). En este punto asiste la razón a los delegados de fiscalía y procuraduría, en el entendido que el supuesto conocimiento por parte de los procesados sobre la presencia del arma al interior del vehículo en el que fueron aprehendidos, se sustenta en criterios hipotéticos y especulativos -la pertenencia a una organización criminal y que estaban prestos a realizar una conducta delictiva-, fundados en elementos de prueba que expresamente fueron inadmitidos en audiencia preparatoria -el acta de incautación de las tarjetas de crédito y débito que finalmente fue introducido como prueba- y corroborados no por pruebas que de ello dieran cuenta, sino porque los procesados mintieron al ...