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Actos constitutivos de violencia que pueden alterar el desarrollo de la Protesta Pacífica Ciudadana

En el borrador del Decreto, con el que se modifican y adicionan disposiciones del Decreto 003 de 2021, y se expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACÍFICA CIUDADANA En el artículo 5º Modifíquese el literal f y adiciónense literales g, h, i y j al artículo 4 del Decreto 003 de 2021. 2021, se enlistaron los actos constitutivos de violencia que pueden alterar el desarrollo de la protesta pacífica ciudadana, así:   f. Acto de violencia . Es la conducta mediante la cual una o varias personas amenazan con agredir o agredan intencionalmente a otra persona, a un grupo o comunidad, a bienes públicos o privados, y que cause o pueda causar con alta probabilidad daños graves y verificables.   Podrán constituir actos de violencia, según las circunstancias concretas,  las agresiones contra personas, el lanzamiento o util...

La contratación directa no implica la libre elección del contratista, de igual se debe cumplir con el principio de selección objetiva

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 13 agosto de 2025, Rad. 59104, reiteró la línea jurisprudencial en sentido que la contratación directa no implica la libre elección del contratista y, de igual se debe cumplir con el principio de selección objetiva. Al respecto dijo:   a.    La modalidad de contratación directa también aplica el principio de selección objetiva   “45. En otras oportunidades, la Sala ha explicado que la contratación directa corresponde a un proceso excepcional para que la administración pueda contratar de manera mucho más ágil y flexible, en circunstancias específicas expresamente fijadas por el legislador, como es el caso de los contratos de prestación de servicios.   “46. Esta modalidad de selección está sujeta a lo dispuesto por la Ley 80 de 1993 y sus modificaciones, debiendo atender, en todo caso, los principios de transparencia , responsabilidad, selección objetiva , economía, celeridad, imparcialidad, publicida...

El fraccionamiento de contratos, frente a un mismo objeto contractual de género, solo es punible cuando se utiliza para evadir la licitación pública

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 26 de noviembre de 2025, Rad. 66339, reiteró la línea jurisprudencial en sentido que el fraccionamiento de contratos solo es punible cuando se utiliza para evadir la licitación pública. Al respecto dijo:   Ahora, en relación con el denominado fraccionamiento de los contratos, tesis propuesta por la Fiscalía General de la Nación como cimiento de las conductas reprochables a BUSTOS OJEDA, como mecanismo utilizado para eludir la licitación pública, debe tenerse claro que esa conducta (fraccionar) no está prohibida expresamente en la Ley 80 de 1993 ni en el artículo 410 del CP , pero la Sala de Casación Penal si ha reconocido que el fraccionamiento “ constituye una modalidad para abusar del poder y violar el principio de selección objetiva, cuando quiera que, bajo la vía directa, se celebran varios contratos con idéntico objeto, cada uno de cuantía inferior, que sumadas dan una superior, y por lo mismo deberían haber sido materia ...

La duda razonable, argumentada, motivada y espistémica, como teoría del caso e hipótesis verdaderamente plausible de defensa, no es de libre discurso y obedece a cargas de argumentación

  La Sala Penal de la Corte, entre otras decisiones, en sentencia del 17 de septiembre de 2008, Rad. 26055 acerca del concepto de in dubio pro reo,  dijo: “Al respecto debe recordarse que este apotegma es un estadio cognoscitivo en el que en la aprehensión de la realidad objetiva concurren circunstancias que afirman y a la vez niegan la existencia del objeto de conocimiento de que se trate”.  “En esa medida en los supuestos de duda se plantea una relación probatoria de contradicciones en la que concurren pruebas a favor y en contra, de cargo y descargo, de afirmaciones y negaciones las cuales como fenómenos proyectan sus efectos de incertidumbre respecto de alguna o algunas categorías jurídico-sustanciales en discusión dentro del singular proceso penal objeto de examen”.   “En igual sentido se integran aspectos objetivos y subjetivos, desde los cuales se puede inferir que el  in dubio pro reo   no se materializa por los simples efectos unilaterale...