En el injusto de violencia intrafamiliar, no tiene cabida el concurso homogeneo y sucesivo
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 10 de septiembre de 2025, Rad. 67901, precisó que, en el delito de violencia intrafamiliar, no tiene cabida el concurso homogéneo y sucesivo: Al respecto dijo: “La Corte analizará en este asunto la probable violación al principio de legalidad en la atribución del delito de violencia intrafamiliar agravado a JDCR en concurso homogéneo y sucesivo. “Con ese cometido, es del caso señalar que, en sentencia del 30 de julio de 2024, el a quo condenó a CR como autor responsable del delito de violencia intrafamiliar agravada, en concurso homogéneo y sucesivo , a la pena principal de setenta y ocho (78) meses de prisión, siendo víctimas MLVM y su hija, M.J.C.V. “Le impuso el mismo término para la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, al paso que, para la prohibición de aproximarse y comunicarse con las víctimas, también accesoria, la fijó en noventa (90) meses. ...