Entradas

La obediencia debida no ampara la ejecución de actos ilegales o delictivos. La devolución los dineros por parte de coacusados no deriva en atipicidad de la conducta ni en absolución.

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 6 de mayo de 2026, Rad. 65757, precisó que la obediencia debida no ampara la ejecución de actos manifiestamente ilegales o delictivos , y además puntualizó que,  la devolución de dineros por parte de otros coacusados no deriva en la atipicidad de la conducta o en su absolución .   Al respecto dijo: “ 117. La responsabilidad penal de ÁZAA en el delito de peculado por apropiación en favor de terceros surge de una obligación funcional clara y vinculante. Según el Manual de Funciones y los actos de designación suscritos por la alcaldesa Maribel Mahecha Hernández , el procesado, en su calidad de secretario de Desarrollo y Proyección Municipal, tenía el deber jurídico de supervisar la ejecución de las obras y velar por su calidad y cumplimiento .   “118. En este contexto, el procesado actuó dolosamente, en realidad, existe un dolo directo y determinado, toda vez que ZA conocía que los contratistas (Reinaldo Moreno y...

VI Congreso Internacional de Casación Penal. Ponencia: De la Visión Holística de la Casación Penal, entendida como juicio objetivo, lógico jurídico, sustancial y trascendente

  La visión holística de los fenómenos, la cual nos convoca a analizar los sistemas y la realidad como un todo integrado y global, en lugar de analizarlos como una simple suma de partes aisladas, nos conduce a abordar la visión holística de la casación penal en perspectiva de geometría sagrada, a través de la cual la podemos comprender con relación al número cinco, que es el número perfecto. Observen queridos amigos que, en casación penal, el número cinco funciona de forma articulada y transversal, toda vez que, para caminar los juicios casacionales, debemos tener, siempre, en cuenta: (i): Las causales de casación , (ii): Los fines de la casación penal , (iii): Los principios sustanciales e instrumentales que gobiernan la casación penal , (iv); Las rutas de demostración de los juicios casacionales y (v): La teoría del delito aplicable al juicio casacional concreto .   Aun cuando muchos amigos prefieren seguir hablando en modo de debida técnica; en la visión holística d...

Cuando la indagatoria imita al ajedrez

  La indagatoria, como diría Nietzsche es un encuentro del Caminante con su sombra... un encuentro con el camino andado y desandado... una cita con la memoria y la desmemoria, con la palabra precisa, el Derecho a la defensa material, y el Derecho a guardar silencio.   Quien indaga, al mover el primer peón a cuatro dama o cuatro Rey, apertura las conductas jurídicamente relevantes a través de la primera pregunta, y al indagado por Derecho y turno le corresponde definir si en su defensa responderá con una apertura abierta o cerrada...   Tal cual, como ocurre en el arte del ajedrez, después de las generales de ley, las primeras preguntas de la indagatoria se orientan a controlar el centro del tablero de la indagación, y frente a cada pregunta el indagado deberá responder con respuestas relevantes, toda vez que, si se responde de forma huidiza, de entrada, quien indaga podrá advertir que en lugar de contestar, lo único que hace es abrir flancos como si estuviera jugan...

Función del juez de control de garantías en la legalización de la captura

  La Sala Penal de la Corte, en auto del 19 de noviembre de 2025, Rad. 61908, se ocupó de la función del control de garantías en la legalización de la captura. Al respecto dijo:   La función de control de garantías en la legalización de captura 51. Aunque ya han transcurrido más de 20 años de vigencia de la Ley 906 de 2004, las particularidades del presente asunto imponen recordar y reiterar que uno de los principales cambios del sistema procesal penal de 2004 fue la creación de la figura de control de garantías, con el claro propósito de revisar y vigilar, tanto formal, como materialmente, la restricción y/o afectación de derechos fundamentales.   52. Según los términos de los artículos 250 [1] constitucional; 39 [2] , 43 [3] , 295 [4] y siguientes de la Ley 906 de 2004, la detención es puramente excepcional y corresponde a los jueces de control de garantías la protección de las prerrogativas esenciales en las etapas preliminares de la actuación penal. ...

Conductas relevantes que configuran el delito de Amenazas

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 26 de marzo de 2025, Rad. 67200, se ocupó de las conductas relevantes que configuran el delito de amenazas. Al respecto dijo:   “El delito de amenazas, descrito en el artículo 347 del Código Penal, comprendido dentro del catálogo de conductas que atentan contra la seguridad pública, reprime con pena de prisión y multa, al que « por cualquier medio atemorice o amenace a una persona, familia, comunidad o institución, con el propósito de causar alarma, zozobra o terror en la población o en un sector de ella ».   “El precepto se encuentra estructurado en dos dimensiones: una fenomenológica, circunscrita propiamente a la realización de una amenaza -entendida esta como una manifestación explícita de carácter intimidatorio que puede realizarse a través de las distintas formas de lenguaje; verbal y no verbal- contra una persona, familia, comunidad o institución ; y otra de carácter subjetivo , atinente al propósito subyacente ...