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Mostrando entradas de 2022

Elementos constitutivos de la ira

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 26 de enero de 2022, Rad. 54979, se ocupó de la atenuante de la ira. Al respecto dijo: “La ira es comprendida como un evento de disminución de la capacidad intelectiva y volitiva del sujeto activo de la conducta punible, provocada por una ofensa grave e injustificada que determina una respuesta violenta.   “En ese sentido, los elementos necesarios para configurarla (SP10274-2014) son:   i). que la conducta sea causada por un impulso violento , provocado por ii). un acto grave e injusto , de lo que surge necesariamente iii). la relación causal entre uno y otro comportamiento.   “Tal figura atemperante de la sanción punitiva, referida esencialmente a delitos atentatorios de la vida e integridad personal, es manifestación de hipótesis en las que el hecho se lleva a cabo en un estado de emoción violenta, provocada por la conducta de la víctima, esto es, cuando obedece a una condición subjetiva emocional que consecuentemente

Delito de Rebelión

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 22 de mayo de 2019, Rad. 50874, se ocupó del delito de rebelión. Al respecto dijo: "El delito de rebelión, conducta atentatoria contra el régimen constitucional y legal, es definido en el artículo 467 de la Ley 599 de 2000, en los siguientes términos:   “Los que mediante el empleo de las armas pretendan derrocar al Gobierno Nacional, o suprimir o modificar el régimen constitucional o legal vigente, incurrirá en prisión de… ”   "De tiempo atrás la Corte ha señalado que aunque la descripción del tipo sanciona penalmente a quienes mediante el empleo de las armas pretendan derrocar al Gobierno Nacional o, suprimir o modificar el régimen constitucional vigente, no sólo son sujetos activos de la conducta punible aquellos que literalmente empuñen las armas con los propósitos mencionados, sino también aquellos que cumplen otras funciones encaminadas a materializar sus propósitos , pues siendo los grupos guerrilleros organizacion

Delito de violencia intrafamiliar. No procede la prisión domiciliaria

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 28 de abril de 2021, Rad. 58749, reiteró la línea en sentido que en el delito de violencia intrafamiliar no procede la suspensión de la ejecución de la pena ni tiene cabida la prisión domiciliaria. Al respecto dijo: “Nótese que el artículo 68A del Código Penal, con las modificaciones realizadas por la Ley 1709 de 2014, vigente para la época de los hechos (las leyes 1773 de 2016 y 1944 de 2018 lo que hicieron fue ampliar el marco de delitos), disponía lo siguiente:   “No se concederán; la suspensión condicional de la ejecución de la pena; la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión ; ni habrá lugar a ningún otro beneficio, judicial o administrativo, salvo los beneficios por colaboración regulados por la ley, siempre que esta sea efectiva, cuando la persona haya sido condenada por delito doloso dentro de los cinco (5) años anteriores.   “Tampoco quienes hayan sido condenados por delitos dolosos contra la Administración Pública; de

Aproximación a las máximas de la experiencia

Las máximas de experiencia hacen presencia en “cualquier ámbito imaginable de la vida de la naturaleza y del hombre” [1] , esto es, deben su existencia en, por y para la praxis social colectiva (23908) [2] .   Por tanto: “vano sería el esfuerzo por querer encerrar en categorías a efectos clasificatorios, todos los ámbitos vitales de las que proceden esas máximas, o querer describirlas y determinarlas en número y contenido para puntos concretos”; de suerte que, “el cúmulo inagotable y sin cesar renovado de las relaciones vitales es irreductible a la catalogación, al sometimiento a la medida y al número, del mismo modo que la torrentera fluyente del arroyo se resiste a la sumisión a cualquier soberanía y derecho” [3] .   Si bien es cierto , que las máximas de experiencia son irreductibles a la clasificación [4] y numeración, debemos entender con Stein que las máximas de experiencia no pueden ser simples declaraciones sobre acontecimientos individuales, así como tampoco juici