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Delito de inasistencia familiar.- Concepto de sustracción Sin Justa causa

  La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en Sentencia del 10 de febrero de 2021, Rad. 56992 se ocupó del delito de inasistencia familiar.  Al respecto,dijo:   “ La conducta ilícita (…) fue la prevista en el artículo 233 de la Ley 599 de 2000,   modificado por el artículo 1º de la Ley 1181 de 2007, denominada inasistencia alimentaria y regulada así:   “ El que se sustraiga sin justa causa a la prestación de alimentos legalmente debidos a sus ascendientes, descendientes, adoptante, adoptivo, cónyuge o compañero o compañera permanente, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes. “La pena será de prisión de treinta y dos (32) a setenta y dos (72) meses y multa de veinte (20) a treinta y siete punto cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando la inasistencia alimentaria se cometa contra un menor. ...

La Causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado.- Las auto--puestas en peligro

La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia del 10 de febrero de 2021, Rad. 52857, se ocupó del Principio: La causalidad no basta para la imputación jurídica del resultado”, así:   “Al respecto, debe acotarse, como ha tenido oportunidad de precisarlo esta Sala, que en virtud de lo previsto en el artículo 9º del Código Penal, « L a causalidad por sí sola no basta para la imputación jurídica del resultado » .  " Para atribuir responsabilidad penal no es suficiente establecer que una determinada acción u omisión fue la causa de un resultado lesivo , pues la determinación de la responsabilidad penal descansa no sólo sobre supuestos fácticos o naturales , sino también sobre presupuestos valorativos de contenido jurídico-penal , lo que se ha denominado imputación objetiva. Por lo tanto, aparte de la causalidad es necesario acudir a criterios adicionales para considerar la imputación al tipo objetivo, como las que demuestran que la consecuencia lesiva es « obra su...

Homicidio preterintencional.- Estudio dogmático de la previsibilidad del resultado

  La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia del 10 de febrero de 2021, Rad. 52857, se ocupó del homicidio preterintencional en un estudio dogmático sobre la previsibilidad del resultado así:   “La configuración típica del delito de Homicidio preterintencional se encuentra previsto de manera concreta en el artículo 105 del Código Penal :   El que preterintencionalmente matare a otro, incurrirá en la pena imponible de acuerdo con los dos artículos anteriores disminuida de una tercera parte a la mitad ) y de manera general en el artículo 24 ibídem   La conducta es preterintencional cuando su resultado, siendo previsible, excede la intención del agente ).   “De allí se tiene que la conducta se configura como preterintencional cuando el sujeto activo, habiendo dirigido su voluntad conscientemente a la concreción de un resultado típico y antijurídico, produce a la postre otro de la misma naturaleza, pero diverso y más grave del que directa e inmediatamen...