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Mostrando las entradas etiquetadas como sentencia del 8 de mayo de 2024

El Derecho a la no autoincriminación opera a partir de que sobrevenga algún acto de judicialización y, mientras el procesado no adquiera la condición de indiciado la garantía es inoperante

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 8 de mayo de 2024, Rad. 58829 se refirió al Derecho a la no autoincriminación. Al respecto dijo: Derecho a la no autoincriminación   1.   De acuerdo con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 80 núm. 2, literal g) [1] , y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, artículo 4, núm. 3, literal g [2] , toda persona acusada de la comisión de un delito tiene el derecho a no ser obligada a declarar contra sí misma ni a confesarse culpable .   2.   Adicionalmente, la Constitución Política en el artículo 33 dispone que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo. Esa salvaguarda se extiende al derecho que tienen los ciudadanos de no hacerlo contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.   3.   De igual manera, la Ley 906 de 2004 dispone que el fiscal o el servidor de policía jud...

Frente a hechos jurídicamente relevantes con ausencia de delimitación de circunstancias de modo, tiempo y lugar, corresponde argumentar cómo ese vacío afectó el debido proceso y dificultó el ejercicio de la defensa

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 8 de mayo de 2024, Rad. 60533, reiteró que: “ La carga que tiene la Fiscalía de delimitar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos jurídicamente relevantes no es absoluta; su alcance depende de las circunstancias de cada caso y debe examinarse bajo parámetros de razonabilidad” y, precisó que ante eventos de esa delimitación de circunstancias, modales, espaciales y temporales, corresponde argumentar: “ cómo o por qué ese vacío afectó el debido proceso, es decir, de qué manera la imprecisión espacial aludida habría dificultado o imposibilitado el ejercicio de la defensa y la formulación de una tesis plausible para resistir la acusación” . Al respecto dijo: “La carga que tiene la Fiscalía de delimitar las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos jurídicamente relevantes no es absoluta; su alcance depende de las circunstancias de cada caso y debe examinarse bajo parámetros de razonabilidad. Así lo ha sostenid...