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Mostrando las entradas etiquetadas como del 17 de julio de 2024

Del concurso aparente entre el delito de estafa y el de enriquecimiento ilícito de particulares (violación al non bis in idem) Linea jurisprudencial

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 17 de julio de 2024, Rad. 58875, reitera la línea jurisprudencia del Rad. 54321 atinente al concurso aparente entre el delito de estafa y el de enriquecimiento ilícito de particulares y, la violación al non bis in idem . Al respecto, dijo:   4.1. Concurso entre estafa y enriquecimiento ilícito de particulares   “ En la sentencia CSJ SP2021-2022, rad. 54321, en un proceso análogo al que ahora se resuelve (la estafa a través de empresas comercializadoras, en aquel caso de vehículos), la Sala fijó su postura sobre la posibilidad y trazó los lineamientos que deben tenerse en cuenta para determinar el concurso entre los delitos de estafa y de enriquecimiento ilícito de particulares.   “Basándose en esos parámetros, la Corte recientemente (CSJ SP1503-2024, rad. 62281) precisó los derroteros para el análisis del concurso en este tipo de casos, a fin de precaver la vulneración del principio non bis in ídem , por falta...

El allanamiento y preacuerdos son institutos diferentes. No se puede aplicar el art. 349 de la Ley 906 de 2004 cuando se acude a la figura del allanamiento a cargos

  La Sala Penal de la Corte, en Sentencia del 17 de julio de 2024, Rad. 64214, cambió jurisprudencia en sentido de precisar que el allanamiento y los preacuerdos son institutos diferentes. En consecuencia no se pueda aplicar el artículo 349 de la Ley 906 de 2004, cuando se acude a la figura del allanamiento a cargos . Al respecto dijo:   “ Sin embargo, el caso que convoca la atención de la Sala, nuevamente impone un análisis de los argumentos hasta ahora destacados, pues, a diferencia de otros que ya ha tenido oportunidad de revisar la Sala y que precisamente han permitido el desarrollo de la jurisprudencia, en este, la exposición de razones por los jueces de instancia, deja al descubierto que no es un tema acabado y por ello se hace  necesario reexaminar las razones explicadas por la Corte.   “ Labor que, desde ya se anuncia, permite recoger la posición vigente , acorde con la reseña que se hizo al inicio de este apartado, donde quedó patente, la difer...