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Porte de Estupefaciente.- Carga probatoria del Ingrediente Subjetivo relacionado con la finalidad de comercio

  La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencias del 23 de enero de 2019, Rad. 51204 se refirió al delito de tráfico de estupefacientes en su verbo “llevar consigo” y a la carga probatoria del ingrediente subjetivo que evidencie la finalidad del comercio. Al respecto dijo:   El tipo de injusto del artículo 376 del Código Penal   “ De manera reiterada la Sala se ha referido a la necesidad de examinar las circunstancias particulares en las que se desarrolla la conducta descrita en el artículo 376 del Código Penal, ante la multiplicidad de verbos alternativos a través de los cuales se alcanza su estructuración , de cara a diferenciar si el sujeto activo tiene la condición de consumidor de estupefacientes o si se enfrenta un accionar dirigido al tráfico de sustancias prohibidas [1] .   “Lo anterior por cuanto la Corte Constitucional en la sentencia C-221 de 1994 declaró inexequible el artículo 51 de la Ley 30 de 1986 que penalizaba las conductas diri...