Epistemología para Fiscales y Defensores
¿Será que mediante un vídeo que no verifica la identidad de la persona filmada, se puede efectuar la inferencia razonable de autoría y dominio del hecho o dominio del injusto de la conducta punible atribuida? ¿Será que con una filmación en la que no se ha verificado que quien ahí aparece registrado es realmente la persona a quien se señala de aparecer filmada, puede constituir evidencia física o elemento material probatorio, para a partir del mismo intentar efectuar inferencias inductivas-deductivas de la autoría y dominio del injusto que se atribuye? ¿Hasta dónde un vídeo sin cotejo o verificación técnica que establezca de manera irrefutable que la persona filmada es la que en efecto aparece, puede llegar a tenerse en cuenta para formular imputación de la conducta punible de que se trate, y con fundamento en el mismo, solicitar medida de aseguramiento de detención preventiva? ¿Hasta dónde, la realidad fáctica de un vídeo que no se ha corroborado como realidad material...