El principio de igualdad de armas se vulnera cuando el funcionario judicial responde de forma parcial a las solicitudes probatorias de las partes
La Sala Penal de la Corte, en auto del 20 de marzo de 2024, Rad. 61609, precisó que el principio de iguldad de armas se vulnera cuando el funcionario judicial responde de forma parcial a las solicitudes probatorias de las partes. Al respecto, dijo: “9.1.1 El principio de igualdad de armas constituye uno de los principios básicos del sistema penal acusatorio, ya que este se caracteriza por ser un sistema de partes enfrentadas o en controversia, por ese motivo, tanto la Fiscalía como la defensa deben estar en la posibilidad de contar con iguales oportunidades para participar en el debate . Esto es, con “l as mismas herramientas de persuasión, los mismos elementos de convicción, sin privilegios ni desventajas, a fin de convencerlo (al juez) de sus pretensiones procesales” (Cfr. CSJ, AP1663-2022 del 27 abr. 2022, rad. 61276). “9.1.2. Precisamente, esta Corte, al referirse sobre el aludido principio, ha resaltado su trascendencia e importancia de cara a lograr ...