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El contenido de las circunstancias de marginalidad, ignorancia o pobreza extremas, deben hacer parte de la imputación fáctica

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 25 de enero de 2023, Rad. 58720, se ocupó del contenido de las circunstancias de marginalidad, ignorancia o pobreza extremas. Al respecto, dijo:   “Sobre esta circunstancia, la Corte en reciente oportunidad, señaló:   «No se trata de simples circunstancias de marginalidad, ignorancia o pobreza, dado que legislador las cualificó, al disponer que deben ser “ profundas” y “extremas ”, esto es, de aquellas con especiales connotaciones de entidad:   “Entonces, en la medida que la marginación, la ignorancia o la pobreza conlleven unas diversas valoraciones sociales de los individuos inmersos en tales circunstancias diferentes de las mayoritarias de la sociedad, no hay duda que corresponde al Estado, dentro del imperativo de respeto por la dignidad humana y en especial por su diferencia, además de materializar el principio de igualdad, reconocer que si tales situaciones, en cuanto sean “ profundas” y “extremas ” tien...