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Mostrando entradas de febrero, 2021

Preclusión de la Investigación.- Fundamentos Probatorias.- Ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado

  La Sala Penal de la Corte, en Sentencia del 7 de febrero de 2017, radicado 48042, se refirió a la preclusión de la investigación y sus fundamentos, y en los radicados 37185 y 31537 trató la causal de ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado. Al respecto, dijo:   “El artículo 250 de la Constitución Política, modificado por el artículo 2º del Acto Legislativo 003 de 2002, impone a la Fiscalía General de la Nación la obligación de adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos penalmente relevantes que sean conocidos por cualquier medio legalmente permitido, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen su posible existencia.   “También dispuso la citada norma superior que la Fiscalía General de la Nación deberá solicitar al juez de conocimiento la preclusión de las investigaciones “ cuando, según lo dispuesto en la ley, no hubiese mérito para acusar. ” [1] .   “Así, en los artíc

El Fraude Procesal en escenarios Judiciales y Administrativos.-

  La Sala Penal de la Corte, en Sentencia del 8 de mayo de 2019, radicado 49312, se refirió al delito de fraude procesal en su propósito del quebrantamiento del principio de legalidad en escenarios judiciales y administrativos. Al respecto, dijo:   “Según el art. 453 del C.P., incurre en fraude procesal quien, por cualquier medio fraudulento, induzca en error a un servidor público para obtener sentencia, resolución o acto administrativo contrario a la ley, la Sala ha venido sosteniendo que el fraude procesal, pese a ser un delito contra la eficaz y recta impartición de justicia , no sólo puede cometerse cuando el servidor público es engañado para que adopte una determinación en ejercicio de funciones judiciales, sino que, en general ,  dicha conducta punible también puede tener ocurrencia en el marco de cualquier actuación que dé origen a un acto administrativo .   “En suma, los argumentos para sostener tal posición consisten en que:   (i).- la mencionada conducta punible

Del Derecho al silencio y, la prueba ilegal

  La Corte Suprema Sala Penal, en sentencia del 13 mayo de 2020, radicado 54600, se refirió a la prueba ilegal y al Derecho a guardar silencio. Al respecto dijo:   “La Corte debe establecer, entonces, si al momento de abordar al recurrente la investigadora tenía motivo fundado para inferir que éste había sido el autor del delito, pues de ser así, tenía que garantizarle sus derechos fundamentales.   “Los artículos 29 de la Constitución Política y 7º de la Ley 906 de 2004, señalan que toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable y, además, que debe ser tratada como tal, mientras quede en firme decisión judicial definitiva sobre su responsabilidad penal.   “En desarrollo de tales mandatos, el artículo 23 del mismo código, establece que la presunción de inocencia no podrá desvirtuarse con pruebas obtenidas con violación de derechos fundamentales. “ Por su parte, el artículo 33 de la Constitución Política establece que nadie