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Fuero penal militar, linea jurisprudencial

La Sala Penal de la Corte, en Sentencia de septiembre 17 de 2008, radicado 26.055, se refirió al fuero militar, así: "Se hace necesario precisar el ámbito y extensión del fuero militar previsto en el artículo 221 de la Carta Política 1991 cuando establece: “ De los delitos cometidos por los miembros de la fuerza pública en servicio activo, y en relación con el mismo servicio , conocerán las cortes marciales o tribunales militares, con arreglo a las prescripciones del Código Penal Militar. Tales cortes o tribunales estarán integrados por miembros de la fuerza pública en servicio activo o en retiro”. El artículo 2 de la Ley 522 de 1999 (C.P.M.) preceptúa que: “Son delitos relacionados con el servicio aquellos cometidos por los miembros de la Fuerza Pública derivados del ejercicio de la función militar o policial que les es propia .  "De conformidad con las pruebas allegadas, la autoridad judicial que conoce del proceso determinará la competencia, de acuerdo con la...