Dosis Personal de Estupefacientes.- Línea Jurisprudencial
La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, en sentencia del 14 de marzo de 2018 , radicado 46848 , se refirió a la ausencia de adecuación típica del porte de la dosis personal de estupefacientes. Al respecto dijo: “ Partiendo del discurso constitucional sobre el ámbito de protección del derecho fundamental a la libertad general de acción -expresado en el libre desarrollo de la personalidad (art. 16)-, articulado con la función de protección de bienes jurídicos asignada al derecho penal, la jurisprudencia penal (cfr. CSJ SP 15 sep. 2004, rad. 21.064 y CSJ SP 17 ago. 2011, rad. 35.978, entre otras) abordó inicialmente la problemática de la punibilidad del porte de estupefacientes para consumo personal, cuando se superaba en mínimas cantidades el tope legal establecido para dosis personal , para dar una respuesta desde la perspectiva de la antijuridicidad material (CSJ SP 8 jul. 2009, rad. 31.531). “ En esa línea de pensamiento, a la luz del art. 11 del C.P., la neces...