La indemnización integral es aplicable en el sistema penal acusatorio
La Sala Penal de la Corte, en auto del 2 de julio de 2025, Rad. 60340, cambió la tesis jurisprudencial restrictiva y retomó el precedente mediante el cual se precisó que la indemnización integral es aplicable en el sistema penal acusatorio. Al respecto, dijo: “17. En la Ley 906 de 2004, el esquema de reparación del daño fue desarrollado de la siguiente manera: “(i).- En la conciliación preprocesal como condición de procedibilidad de la acción penal en relación con conductas querellables. Realizado el acuerdo se archiva la actuación, (ii) como causal de aplicación del principio de oportunidad, permitiendo renunciar a la persecución penal, entre otras causales, cuando se indemniza o repara integralmente el daño causado a la víctima conocida o individualizada, (iii) en la mediación, la reparación, restitución o reparación de los perjuicios extingue la acción civil y permite la renuncia a la acción penal por vía del principio de oportunidad, (iv) como presupu...