Hechos jurídicamente relevantes atinentes al delito de interés indebido en la celebración de contratos
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 6 de octubre de 2021, Rad. 56204, reiteró precedente en lo atinente a la estructuración de los hechos jurídicamente relevantes en el delito de interés indebido en la celebración de contratos. Al respecto, dijo: “El artículo 409 del Código Penal dispone: «Interés indebido en la celebración de contratos. El servidor público que se interese en provecho propio o de un tercero, en cualquier clase de contrato u operación en que deba intervenir por razón de su cargo o de sus funciones, incurrirá en (…)» . “De acuerdo con esta descripción normativa, el tipo objetivo exige la presencia de : (i). un sujeto activo calificado que interviene en los hechos en calidad de servidor público ; (ii). la actividad contractual a nombre de cualquier entidad estatal ; y, (iii). un interés particular en el sujeto agente, diferente al de los fines de la función pública . “ Por su parte, el tipo subjeti...