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De la diferencia entre la inexistencia del hecho investigado y la atipicidad de la conducta como causales de preclusión

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 5 de febrero de 2025, Rad. 66849, se ocupó de precisar las diferencias entre atipicidad de la conducta e inexistencia del hecho. Al respecto dijo:   5.4 De la diferencia entre la inexistencia del hecho investigado y la atipicidad de la conducta   “En virtud a la determinación adoptada por el Tribunal, para la Corte resulta imperioso memorar el marco jurídico conceptual que la jurisprudencia ha explicado en punto de la diferencia entre la inexistencia del hecho investigado y la atipicidad de la conducta , tópicos que inexactamente se entremezclan en la decisión impugnada. Para el efecto –se anticipa–, aunque la Sala recordará precedentes frente a la preclusión de la investigación en sede de la Ley 906 de 2004, los mismos no dejan de ser aplicables al caso concreto, habida cuenta la naturaleza de las causales en mención.   “Insístase en que el artículo 458 de la Ley 522 de 1999 dispone que: «el funcionario se ...

Trátandose de un juicio por violencia intrafamiliar, corresponde al juez, verificar si la violencia física o el maltrato tienen entidad suficiente para lesionar el bien jurídico de la unidad familiar

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 10 de diciembre de 2025, Rad. 65216, se ocupó de precisar que tratándose de un juicio por el injusto de violencia intrafamiliar, corresponde al juez en cada caso constatar si la violencia física o el maltrato psicológico tienen suficiente entidad para lesionar de manera efectiva el bien jurídico de la unidad familiar (antijuridicidad material) . Al respecto dijo:   6.3.- Del delito de violencia intrafamiliar   “La Sala a través de su jurisprudencia (CSJ SP16544–2014, rad. 41315; CSJ SP9111–2016, rad. 46454; CSJ SP010-2023, rad 58524; CSJ SP147-2025, rad. 58230 y CSJ SP489-2025, rad 62873) ha establecido como principales características de la violencia intrafamiliar las siguientes:   (i) El bien jurídico protegido es la unidad familiar.   (ii) Los sujetos activo y pasivo son calificados, en cuanto, uno y otro deben o debieron ser miembros de un mismo núcleo familiar, entendiendo este concepto en su s...

Características de la denominada Tentativa desistida

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 22 de septiembre de 2017, Rad. 46751, se ocupó de las características de la denominada tentativa desistida. Al respecto dijo:   “La llamada tentativa desistida exige que contrario a las dos hipótesis que plantea el Código Penal como fundamento de la punición en las que se indica que la falta de consumación se da por circunstancias ajenas al agente ejecutor, en aquella modalidad es determinante que éste abandone definitivamente la idea criminosa sin la influencia de factores externos, es decir, su simple voluntad es la que impide el agotamiento de la conducta .   En esa medida, escapan de esta figura conductas tentadas en las que el abandono de la empresa delictiva no es definitivo, sino que se posterga, o situaciones en las que el desistimiento no es del todo voluntario, sino que es determinado por circunstancias externas, como por ejemplo la inminencia de ser descubierto , en fin toda una serie de posibilidades que c...