Violación del principio de congruencia fáctica, el cual es rígido y, debe observarse a partir de la formulación de imputación
La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 14 de febrero de 2024, Rad. 60102, se ocupó de la violación del principio de congruencia fáctica, el cual es rígido y, debe observarse, a partir de la formulación de imputación. Al respecto dijo: 4. Suficientemente decantado tiene la Sala que, aunque el componente jurídico de la congruencia es flexible —de manera que la calificación de las conductas imputadas puede variar a lo largo del trámite con ciertas condiciones — el fáctico es rígido . Ello significa que los hechos comunicados en la formulación de imputación determinan el marco del proceso y no pueden cambiarse o adicionarse después, de manera que no es posible agregar nuevos presupuestos de hecho en la posterior acusación y, menos aún, en los fallos : «…mientras la congruencia jurídica es flexible y permite que la calificación típica de la conducta investigada y juzgada varíe en las distintas fases del proceso (con ciertas condiciones), la congruencia fáctica ...