De la falacia de composición en la concepción jurisprudencial de la denominada Coautoría Impropia
La falacia de composición, de la equívoca concepción jurisprudencial denominada " coautoría impropia ", consiste en considerar como coautor a quien contribuye a la comisión de una conducta ilícita, así su conducta individual no resulte objetivamente subsumida en el respectivo tipo pena l, esto es, sin sujeción rigurosa al verbo rector del tipo objetivo penal de que se trate. En efecto. En nuestra Corte Suprema, Sala Penal, por vía de creación jurisprudencial ha hecho carrera la “ coautoría impropia ”, la cual, de forma respetuosa, consideramos se concibió de forma ajena a la estructura de la conducta de coautoría material, toda vez que aquella resulta como una contribución a la comisión de una conducta punible, así el aporte que realice la persona no se adecue a las exigencias nucleares del tipo penal. La médula composicional problemática de la coautoría impropia se halla “fundamentado” en lo que el profesor Alfonso Reyes Echandía escribió hace veinticuatro...