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La condena con fundamento en indicios, no afecta la congruencia, cuanto la construcción lógica de aquellos, no se hubiera realizado en la imputación o acusación

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 21 de mayo de 2025, Rad. 58314, precisó que la condena con fundamento en indicios no afecta el principio de congruencia, ante el evento que, la construcción lógica de ese medio de convicción no se hubiera realizado en la imputación o la acusación. Al respecto, dijo:   “8.4.2. En cuanto a la resolución del primer problema jurídico planteado, es preciso señalar que la condena con fundamento en prueba indiciaria no afecta el principio de congruencia , incluso a pesar de que la construcción lógica de tal medio demostrativo no se hubiera realizado en la imputación o la acusación .   “Al respecto, es preciso recordar que, como lo tiene amplia y pacíficamente decantado la Sala, la congruencia tiene tres facetas distintas: (i) fáctica; (ii) jurídica y (iii) personal. La primera se refiere a la correspondencia entre los hechos que fundan la condena con respecto a aquellos por los que el procesado fue imputado y acusado; (ii)...

De la retractación del testigo, la comparación y motivación a fin de establecer en cuál momento dijo el declarante la verdad en sus opuestas versiones

  La Sala Penal de la Corte, en sentencia del 1º de octubre de 2025, Rad. 61680, se refirió a la retractación del testigo y, al trabajo analítico motivado, de comparación, a fin de establecer en cuál momento dijo el declarante la verdad en sus opuestas versiones.   De la retractación del testigo.   1.   En los términos de la Ley 906 de 2004 [1] , únicamente se estimará como prueba la que haya sido producida o incorporada en forma pública, oral, concentrada y sujeta a confrontación y contradicción ante el juez de conocimiento.   2.   En ese sentido [2] , el testigo que declara en juicio se compromete a relatar la verdad sobre los aspectos que en forma directa y personal tuvo la ocasión de observar o percibir, mientras que el fallador al estimar el mérito suasorio de esa declaración tendrá en cuenta los principios técnico científicos sobre la percepción y la memoria y, especialmente, lo relativo a la naturaleza del objeto percibido, al estado de ...

¿De la teoría del autor y su dominio del hecho? o ¿De la teoría del autor y su dominio del injusto?

  Desde la dialéctica del conocimiento, es dable aceptar que los conceptos [1]  que se formulan en ciencias sociales, que las categorías que se postulan en la dogmática penal y teoría del delito, son susceptibles de re-formulación atendiendo a sus contenidos materiales.   En efecto, son susceptibles de superación cuando no revelan los aspectos esenciales del fenómeno, cuando no expresan o identifican de manera clara el objeto singular de conocimiento de que se trate, cuando efectuado el análisis y síntesis [2]  con relación a sus formas y contenidos, se observan vacíos o deficiencias explicativas; cuando proyectan difuso al concepto, o cuando no lo aprehenden en su esencia, sino por el contrario, a partir de aspectos no esenciales, descriptivos, incompletos o secundarios.   Conforme a la anterior perspectiva, el objeto de nuestras reflexiones, se hallan encaminadas a plantear de manera sucinta para el debate y reflexión académica, que la tesis del Maestr...