Delito de hostigamiento derivado de la promoción o instigamiento a causar daño fisico o moral a una persona por razón de su raza, etnia y demás razones de discriminación
La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia 30 de enero de 2019, Rad. 48388, se refirió a los aspectos que configuran el delito de hostigamiento contra una persona o grupo de personas o pueblo, por razón de su raza, etnia, religion, nacionalidad, ideología política, y demás razones de discriminación. Al respecto, dijo: Análisis dogmático “Con ocasión de la sentencia de constitucionalidad arriba comentada, la descripción típica del delito de hostigamiento, en la actualidad se lee así: Artículo 134B. Hostigamiento. El que promueva o instigue actos, conductas o comportamientos orientados a causarle daño físico o moral a una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, por razón de su raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual o discapacidad y demás razones de discriminación, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínim...