Entradas

Criterios para determinar cuando no se está en presencia de lesiones personales sino de homicidio en modalidad de tentativa

  La Corte Suprema, en sentencia del 10 de junio de 2020. Rad. 52341, fijo criterios para determinar cuando no se está en presencia de un delito de lesiones personales sino de un homicidio en la modalidad de tentative. Al respecto dijo:   “ La tentativa es un instituto amplificador del tipo penal que permite anticipar las barreras de protección del derecho punitivo criminal a conductas que, por circunstancias ajenas a la voluntad del agente , no alcanzan a producir el resultado típico previsto en las respectivas normas penales sustantivas. En el orden jurídico colombiano (y en lo que resulta pertinente para los actuales fines, es decir, con abstracción de la denominada tentativa desistida, sobre la cual nada resulta pertinente considerar ahora) aparece consagrada en el artículo 27 del Código Penal:   «El que iniciare la ejecución de una conducta punible mediante actos idóneos e inequívocamente dirigidos a su consumación, y ésta no se produjere por circunstancias a...

Preacuerdo de pena de un delito de menor entidad del imputado, siempre que se respete el núcleo fáctico

La Corte Suprema, Sala Penal, en sentencia del 17 de febrero de 2020, Rad. SEP011-2020, 00153, reiteró el precedente del Rad. 51341 en sentido que es válido acordar la pena de un delito de menor entidad al del imputado o acusado siempre que se respete el núcleo fáctico. Al respecto dijo:   “Mediante proveído del 10 de octubre de 2019, la Sala en audiencia dispuso aprobar el preacuerdo suscrito entre la Fiscalía General de la Nación y el ciudadano ABS, por actos cometidos en su condición de Fiscal 9 Delegado ante la Corte Suprema de Justicia.   “ Aceptó como único cargo la comisión del delito de prevaricato por omisión previsto en el artículo 414 del Código Penal, definido y sancionado en los siguientes términos:   “El servidor público que omita, retarde, rehúse o deniegue un acto propio de sus funciones, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a noventa (90) meses, multa de trece punto treinta y tres (13.33) a setenta y cinco (75) salarios mínimos legales ...

Interceptación de comunicaciones.- Control de legalidad dentro de las 24 horas, Omitirlo genera ilegalidad

  La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en auto del 29 de abril del 2020, Rad. 56358, dejó precedente en sentido que ante una interceptación telefónica, sino se ejerce el control de legalidad posterior por el juez de garantías, la prueba es ilegal. Al respecto dijo:   “Frente a la temática que motiva el presente pronunciamiento, resulta importante precisar que de conformidad con los artículos 250 de la Constitución Política y 235 de la Ley 906 de 2004, la fiscalía está facultada para emitir órdenes de interceptación de comunicaciones , con el único propósito de buscar y recopilar elementos materiales probatorios y evidencia física de interés para la actuación investigativa.   “En esa labor, desde luego, una de las garantías fundamentales que puede resultar afectada es el derecho a la intimidad consagrado en el artículo 15 del Estatuto Superior. Según esta disposición: « la correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables . Sólo pueden se...

Casación Oficiosa por no motivar agravante específica atribuida en la acusación

  La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia del 10 de junio de 2020, Rad. 47050, casó de oficio parcialmente una sentencia, por ausencia de motivación de una agravante específica atribuida en la acusación. Al respecto dijo:   “La Fiscal Delegada ante la Sala de Casación Penal solicitó revisar los fallos, por cuanto en su criterio en ambas decisiones no hay una profunda motivación respecto de la forma de participación del procesado como cómplice del delito contra la vida.   “La corte al revisar las sentencias advierte que aun cuando no hay un prolijo estudio sobre el tópico que inquieta a la Delegada de la Fiscalía, lo cierto es que en el fallo de primer grado, como en el de segunda instancia, de manera puntual y con sujeción a la atribución fáctica y jurídica de la acusación, concluyeron que la función del acusado al intimidar a T G C  —así fuera con un objeto del que no hay certeza que fuera un arma de fuego— para impedirle dar voces de auxilio...