Principio de Razón Suficiente.- Línea Jurisprudencial
La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia del 18 de marzo de 2015, se refirió al Principio de Razón Suficiente, con suficiencia. Al respecto dijo: La Sala, en sentencias como CSJ SP, 13 feb. 2008, rad. 21844, y CSJ SP, 12 sep. 2012, rad. 36824, ha definido al principio de razón suficiente como: « aquel que reclama, en aras de reconocer el valor positivo de verdad de un enunciado, un motivo apto o idóneo para que ello sea así y no de cualquier otra forma » [1] . En otras palabras, es el que: « alude a la importancia de establecer la condición –o razón– de la verdad de una proposición » [2] o « a la aserción que requiere de otra para ser reconocida como válida » [3] . “Adicionalmente, ha dicho la Corte que la vulneración de este principio se debe establecer en cada caso, de acuerdo con la lógica de lo razonable: “ Por supuesto, no todo enunciado, ya sea de índole fáctica o jurídica, exige una condición del mismo tipo para concluir su corresponden...