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Pruebas de Refutaciòn.- Contenidos y Alcances

La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, en sentencia fechada el 20 de agosto de 2014, identificada con el radicado 43749, se refirió a los contenidos y alcances de las pruebas de refutación. Al Respecto dijo: Marco normativo : En el  régimen de la Ley 906 de 2004 la referencia a las -pruebas de refutación- se encuentra en el articulo 362, de la siguiente forma:  “El juez decidirá el orden en que debe presentarse la prueba.   En todo caso, la prueba de la Fiscalía tendrá lugar antes que la de la defensa, sin perjuicio de la presentación de las respectivas pruebas de refutación en cuyo caso serán primero las ofrecidas por la defensa y luego las de la Fiscalía.  "Expresión de una garantía constitucional y un derecho fundamental. La refutación expresa en la justicia material la materialización de los derechos al debido proceso, defensa y contradicción.  “Las partes y los intervinientes pueden ejecutar actos de contradicción a trav...

Aspectos Limitantes de los Preacuerdos

La Corte Suprema de Justicia, en sentencia del 23 de noviembre de 2016, identificada con el radicado 46684 se refirió a los preacuerdos, y en el salvamento de voto de la Magistrada Patricia Salazar Cuellar se planteó que la Fiscalía no puede renunciar al ejercicio de la acción penal en los preacuerdos. Al respecto dijo : “ El ejercicio de la acción penal es reglado y obligatorio, es lo que se deriva del artículo 322 del C de P.P., al disponer: “La Fiscalía General de la Nación está obligada a perseguir a los autores y partícipes en los hechos que revistan las características de una conducta punible que llegue a su conocimiento, excepto por el principio de oportunidad, en los términos y condiciones previstos en este Código”.   “ El abandono de la acción penal solamente es posible a través del principio de oportunidad . " Excepcionalmente puede hacerse en el juicio oral a través de la petición de absolución por expresa autorización que hace el artículo 448 del C.P.P....