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De la Tentativa de homicidio y su configuración

  La Sala Penal de la Corte en sentencia del 10 de junio de 2020, Rad. 52341, se ocupó de la tentativa de homicidio y los aspectos que la configuran . Al respecto dijo:   “La tentativa es un instituto amplificador del tipo penal que permite anticipar las barreras de protección del derecho punitivo criminal a conductas que, por circunstancias ajenas a la voluntad del agente, no alcanzan a producir el resultado típico previsto en las respectivas normas penales sustantivas. En el orden jurídico colombiano (y en lo que resulta pertinente para los actuales fines, es decir, con abstracción de la denominada tentativa desistida, sobre la cual nada resulta pertinente considerar ahora) aparece consagrada en el artículo 27 del Código Penal:   «El que iniciare la ejecución de una conducta punible mediante actos idóneos e inequívocamente dirigidos a su consumación, y ésta no se produjere por circunstancias ajenas a su voluntad, incurrirá en pena no menor de la mitad del mínimo...

Delito de Amenazas

  La Sala Penal de la Corte en Auto del 29 de julio de 2008, Rad. 29127, se refirió al delito de Amenazas. Al respecto, dijo:   "De conformidad con los hechos que han dado lugar a esta averiguación preliminar, la conducta punible que se atribuye al aforado es la conocida bajo el nomen iuris de “amenazas” en la cual incurre, según el texto del artículo 347 de la ley 599 de 2000 quien,   “[…] por cualquier medio idóneo para difundir el pensamiento atemorice o amenace a una persona, familia comunidad o institución, con el propósito de causar alarma, zozobra o terror en la población o en un sector de ella” .   “De la anterior descripción se advierte sin dificultad que el tipo penal contempla un especial ingrediente subjetivo , esto es que la amenaza, individual o colectiva, esté acompañada del propósito cierto de causar alarma, zozobra o terror en la población , en otras palabras, se necesita que esté signada por una finalidad terrorista , razón por la cual, ...

Salvamento de Voto. El fraude procesal no es de ejecución permanente sino de resultado. El art. 453 solo describe la producción de la inducción en error, no su mantenimiento

  La Sala Penal de la Corte, en la sentencia del 27 de abril de 2022, Rad. 57140, reiteró la línea jurisprudencial acerca de la ejecución permanente del delito de fraude procesal. Al respecto, los Magistrados Diego Corredor Beltrán, Myriam Ávila Roldán y Fabio Ospitia Garzón, salvaron voto y plantearon que el delito de fraude procesal, entendido como delito de mera conducta no es una conducta de ejecución permanente sino un delito de resultado, toda vez que la descripción del art. 453 de la Ley 599 de 2000,  “ sólo describe la producción del estado —el error en el servidor público — y no su mantenimiento , a tal punto, que no desvalora mantener en error al servidor público, sino inducirlo en error , por lo que el delito se consuma en el mismo momento en el que se realiza el verbo del tipo objetivo. Al respecto dijeron:   “Con el respeto que siempre hemos profesado por las decisiones de la Sala, estimamos necesario salvar el voto respecto de lo determinado en el prese...

Concepto de conflicto armado y, de relación directa o indirecta de la conducta ilícita por causa o con ocasión del conflicto armado

La JEP, Sala de definición de situaciones jurídicas, en Resolución del 31 de mayo de 2018, Rad. 20-000082-2018, precisó lo que se entiende por conflicto armado y la relación de los delitos relacionados con causa u ocasión del conflicto armado, Al respecto dijo:   “Referente al requisito atinente a que el agente del Estado esté procesado o condenado por delitos con causa, con ocasión, o en relación directa o indirecta con el conflicto armado interno, se hace necesario precisar que se entiende por dicho fenómeno, y efectuar un análisis de las circunstancias que rodearon los hechos, veamos:   “La doctrina se ha ocupado en identificar la noción más precisa de conflicto armado interno. La mayoría de los tratadistas coinciden con referir que es aquel que no es internacional y se caracteriza por el enfrentamiento entre fuerzas armadas de un Estado y fuerzas armadas disidentes o rebeldes.   El profesor PETER WALDMAN, explica en términos generales cuatro  caracter...

Prevaricato. Eventos de adecuación típica inequívoca y de atipicidad. Valoración anterior de los elementos que condujeron a la decisión contraria a la ley

  La Sala de Casación Penal de la Corte, en auto del 27 de abril de 2022, Rad. 58077, precisó que el prevaricato por acción no se configura cuando la decisión, aunque sea contraria a la ley, es el resultado de la inexperiencia, desidia, impericia, ignorancia o ausencia de algún propósito criminal de quien la profiere. Al respecto dijo: “El artículo 413 de la Ley 599 de 2000, describe y sanciona la conducta investigada así:   «El servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la Ley, incurrirá en prisión de tres (3) a ocho (8) años, multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años».   “La pena antes señalada fue incrementada de una tercera parte a la mitad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 890 de 2014.   Según la descripción del tipo penal, para su estructuración se req...