Acción de Revisión: La retractación no es prueba nueva
La Sala Penal de la Corte, en Auto del 2 de diciembre de 2014, identificado con el radicado 43896, precisó que la retractación de alguno o varios de los testigos de cargo, no constituyen pruebas nuevas, e imposibilitan la prosperidad de la causal tercera (3a) de Revisión de que trata el artículo 192 de la Ley 906 de 2004. Al respecto dijo: "La Sala, en pacífica jurisprudencia, ha insistido en los elementos que deben concurrir para la correcta comprensión de la causal tercera: « El hecho nuevo , como lo ha sostenido la Sala de manera reiterada, “…es aquel acaecimiento fáctico vinculado al delito que fue objeto de la investigación procesal, pero que no se conoció en ninguna de las etapas de la actuación judicial de manera que no pudo ser controvertido… No se trata, pues, de algo que haya ocurrido después de la sentencia, pero ni siquiera con posterioridad al delito que se le imputó al procesado y por el cual se le condenó, sino de suceso ligado al hecho punible materi...