Interrogatorio.- Evento de Ilegalidad y consecuencia de exclusión
La Corte Suprema, Sala de Casación Penal, en sentencia del 13 de mayo de 2020, Rad. 54600 se refirió al interrogatorio y al deber del investigador de hacer la advertencia al interrogado de que es presunto autor del delito cuando tenga evidencias, y ante esa omisión se desconoce el debido proceso con efectos de ilegalidad y exclusión. Al respecto dijo: “La Corte debe establecer, entonces, si al momento de abordar al recurrente la investigadora tenía motivo fundado para inferir que éste había sido el autor del delito, pues de ser así, tenía que garantizarle sus derechos fundamentales. “Los artículos 29 de la Constitución Política y 7º de la Ley 906 de 2004, señalan que toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable y, además, que debe ser tratada como tal, mientras quede en firme decisión judicial definitiva sobre su responsabilidad penal. “En desarrollo de tales mandatos, el artículo 23 del mismo código...