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El allanamiento y preacuerdos son institutos diferentes. No se puede aplicar el art. 349 de la Ley 906 de 2004 cuando se acude a la figura del allanamiento a cargos

  La Sala Penal de la Corte, en Sentencia del 17 de julio de 2024, Rad. 64214, cambió jurisprudencia en sentido de precisar que el allanamiento y los preacuerdos son institutos diferentes. En consecuencia no se pueda aplicar el artículo 349 de la Ley 906 de 2004, cuando se acude a la figura del allanamiento a cargos . Al respecto dijo:   “ Sin embargo, el caso que convoca la atención de la Sala, nuevamente impone un análisis de los argumentos hasta ahora destacados, pues, a diferencia de otros que ya ha tenido oportunidad de revisar la Sala y que precisamente han permitido el desarrollo de la jurisprudencia, en este, la exposición de razones por los jueces de instancia, deja al descubierto que no es un tema acabado y por ello se hace  necesario reexaminar las razones explicadas por la Corte.   “ Labor que, desde ya se anuncia, permite recoger la posición vigente , acorde con la reseña que se hizo al inicio de este apartado, donde quedó patente, la diferenciación que exist